Texto de la norma
Dec. No. 72-96 que crea e integra una comisión permanente para supervigilar el funcionamiento de las presas hidroeléctricas del país.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 72-96
CONSIDERANDO: Que las numerosas e importantes presas construidas por el Gobierno Nacional requieren de un permanente y bien coordinado programa de mantenimiento preventivo y de reparación oportuna, a fin de que el país reciba los beneficios de su más eficiente funcionamiento.
CONSIDERANDO: Que la Marina de Guerra Nacional, conjuntamente con la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) y el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), puede contribuir de modo efectivo a las labores de supervigilancia, mantenimiento y reparación aludidas.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea una Comisión Permanente integrada por los incumbentes y técnicos de la Marina de Guerra Nacional, asi como de la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) y del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), la cual tendrá a su cargo las siguientes labores;
a) Supervigilar el funcionamiento de las presas hidroeléctricas del país;
b) Disponer la ejecución de cuantas medidas sean necesarias para dar mantenimiento preventivo y los servicios de reparación que sean necesarios a su óptimo funcionamiento;
Artículo 2.- Las entidades señaladas trabajarán en estrecha coordinación con cargo a las disponibilidades presupuestales de la Corporación Dominicana de Electricidad y del Instituto de Recursos Hidráulicos, con el apoyo financiero, si fuere necesario, del Gobierno Central.
Artículo 3.- La Comisión rendirá quincenalmente a la Presidencia de la República un informe detallado de las labores de supervisión, mantenimiento y reparación de las presas, con las sugerencias que se consideren necesarias al buen éxito de las labores encomendadas en el presente Decreto.
Artículo 4.- Comuníquese a las Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra Nacional, a la Administración General de la Corporación Dominicana de Electricidad y a la Dirección Ejecutiva del Instituto de Recursos Hidráulicos, para su más fiel cumplimiento.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y seis, año 152 de la Independencia y 133 de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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