Texto de la norma
Dec. No. 58-96 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 58-96
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del
presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica
D E C R E T O
Articulo 1.- El seiior Julio Cesar Borg Gil, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Oggoun Borg Gil.
Articulo 2.- La seiiora Antonina Suero Mora, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Antonia Suero Mora.
Articulo 3.- La seiiorita Eufemia Felix Brito, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ivette Felix Brito.
Articulo 4.- La seiiora Victoriana Fabiin Taveras, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ramona Fabian Taveras.
Articulo 5.- La seiiora Benita Reynoso Lopez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Carmen Reynoso Lopez.
Articulo 6.- La seiiora Benita Maldonado Ubiera, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Elsa Maria Maldonado Ubiera.
Articulo 7.- La seiiora Dolores Acosta Rodriguez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Dilia Dolores Acosta Rodriguez.
Articulo 8.- La seiiora Carlota Cordero Guerrero, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ernestina Cordero Guerrero.
Articulo 9.- El seiior Nerzo Arnardo Almanzar Cruz, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Nelson Arnaldo Alminzar Cruz.
Articulo 10.- La seiiora Maria Dolores Garcia Valdez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ana Dolores Garcia Valdez.
Articulo 11.- El seiior Jose Juan Bojos Arzeno, queda autorizada a cambiar
el nombre de su hija menor Gris Mary Bojos Cruz por el de Cris Mary Bojos Cruz.
Articulo 12.- La seiiora Victoriana Castillo Peralta, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Maria Victoria Castillo Peralta.
Articulo 13.- El seiior Bernardino Sarmiento Peiia, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Baudilio Sarmiento Peiia.
Articulo 14.- La seiiora Ciriaca Duran Mieses, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Lourdes Duran Mieses.
DADO Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s cinco (5) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos
noventa y seis (1996), aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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