Texto de la norma
Dec. No. 57-96 que autoriza a varias personas físicas y morales extranjeras a adquirir inmuebles e inscribir hipotecas en el país.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 57-96
VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas detalladas en la parte dispositiva del presente decreto;
VISTO el Decreto No. 2543 del 22 de mayo de 1945, sobre Adquisición de Inmuebles por Extranjeros y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a las personas y empresas detalladas a continuación para que en su calidad de extranjeros puedan hacer las inversiones y adquirir los inmuebles que se describen, por los precios que se consignan:
1.- Al señor ROBERT SERENA, adquirir por el precio total de ciento doce mil pesos oro (RD$112,000.00) una porción de terreno con un área de 2,800 metros cuadrados ubicado dentro de la Parcela No.386 del Distrito Catastral No.10/6 del Municipio de Higüey, propiedad del señor Martín Rolffot.
2.- A los señores WILLIAM RAYMOND COLLINS Y JAY JUERGEN LITCH, adquirir por el precio total de trescientos doce mil quinientos pesos oro (RD$312,500.00), una porción de terreno con una extensión superficial de 01 hectáreas, 06 áreas y 90.7 centiáreas, equivalente a 10,690.7 metros cuadrados, ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.205-B-211 refundida del Distrito Catastral No.3, Sitio Loma Verde del Municipio de San Cristóbal y sus mejoras consistentes en una casa construida en el primer nivel de block y techada de concreto, y en el segundo nivel de madera tratada, techada de zinc, con pisos de mosaicos, tres habitaciones, una cocina, dos baños, una sala, una terraza, galería, piscina y otras anexidades y dependencias, propiedad de Financiera de Inversiones Múltiples S.A. (CEIMSA).
3.- Al señor RAMON BERRIOS (MONCHO), adquirir por el precio total de cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y cinco (RD$59,835.00) una porción de terreno con una extensión superficial de 89.67 tareas nacionales, ubicadas dentro del ámbito de la Parcela No.740 del Distrito Catastral No.11, sitio Anamuya, municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, con los siguientes linderos; al Norte: Parcelas Nos.694, y 695; al Este: Parcela Nos.694,696 y 697, cañada seca; al Sur: Parcelas Nos.697 y 739; al Oeste: Parcelas Nos.697,739,660 y Camino Real Higüey Los Ríos; propiedad del señor Claudio de Jesús de la Rosa.
4.- A la señora BIRGITT DOROTHEE LAESTCH, adquirir por el precio total de trescientos veintiún mil doscientos cincuenta pesos (RD$321,250.00), una porción
de terreno con una extensión superficial de cero (0) hectáreas, 25 (veinticinco) áreas 0 (cero) centiáreas, dentro del ámbito de la Parcela No.1-A-1-Ref-105 del Distrito Catastral No. 2/2, del Municipio y Provincia de La Romana con los siguientes linderos: Al Norte: Parcela No.1-A-Ref-104 y calle; al Este Calle y Parcela No.1-A-1-Ref-106; al Sur, Parcela No. 1-A-Ref.-resto y Parcela No. 1-A-Ref.-106; y al Oeste: Parcela No.1-A-1-Ref.-104 y Parcela No.1-A-Ref.-resto; propiedad del Club Caribe Royal S.A. e Inversiones Anturio S.A.
5.- A la Compañía Inter-American-Transport Equipment, debidamente representada por su Presidente el señor Diego R. Suárez, adquirir de la Compañía Implementos y Equipos Dominicanos, C. por A. (IMEDCA), los inmuebles que se describen a continuación por el precio que se consignan en cada caso:
a) Apartamento No.302 con área de construcción de 154.71 metros cuadrados y consta de sala comedor, tres (3) dormitorios, dos (2) baños, cocina, balcón mirador, cuarto de servicio con su baño, área de lavado del Edificio Disesa II, edificado dentro del ámbito de la Parcela No.108-C-1-Ref. del Distrito Catastral No.2 del Distrito Nacional, valorado por el precio de RD$305,886.17 (TRESCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS CON 17/00).
b) Una porción de terreno que mide: tres (hectáreas), veintisiete (27) áreas y una (01) centiáreas, (52) cincuenta y dos tareas, limitadas al Norte: Casa San Rafael, Al Sur: Resto de la misma parcela; Al Este: Sucesión Fiallo Cáceres y al Oeste: Autopista Duarte con frente de ochenta y seis metros lineales dentro de la Parcela No.122 del Distrito Catastral No.5 del Municipio de La Vega, valorado por la suma de RD$2,452.500.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS ORO).
c) Parcela No.87-A del Distrito Catastral No.16/6 del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís, con extensión superficial de 08 hectáreas, 79 áreas y veinticinco centiáreas, equivalente a 87,925 metros cuadrados y sus mejoras; parcela que tiene los siguientes linderos, Al Norte: Parcela No.87-Resto; Al Este: Carretera Mella que la separa de la Parcela No.88; Al Sur: Parcelas Nos.89 y 77; Al Oeste: Parcela No.77, valorado por el precio de RD$3,781.881.45 (TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CON 45/00).
Artículo 2.- Se autoriza a las personas y entidades comerciales mencionadas a continuación, en su calidad de extranjeros, a inscribir hipotecas sobre los inmuebles que se describen más adelante, por los montos y en los rangos que se indican en cada uno de los casos:
1.- A la ESSO STANDARD OIL, S. A. LIMITED, a inscribir una hipoteca en segundo rango ascendente a la suma de RD$1,305,000.00 (UN MILLON TRESCIENTOS CINCO MIL PESOS ORO), sobre los inmuebles que se describen a
continuación, propiedad de la Compañía Estación La Ceibita, C. por A., debidamente representada por la señora MARGARITA UREÑA DE MARTE, en su calidad de presidente de dicha compañía:
A) Solar No.80-A de la Porción "A", del Distrito Catastral No.1, del municipio y provincia de Santiago, con un área de 121 metros cuadrados, 04 decímetros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, antigua calle en proyecto y Ave. Imbert; al Este, Ave. Imbert y Solar No.80-B; al Sur, Solares Nos.80-B y 81; y al Oeste, Solar No. 81 y antigua calle en proyecto.
B) Solar No.80-B de la porción "A" del Distrito Catastral No.1, del municipio y provincia de Santiago, o sea una porción de 428 metros cuadrados, 20 decímetros cuadrados, limitado al Norte, Solar No.80-A y Av. Imbert; al Este, Av. Imbert y Solar No.80-C; al Sur, solares Nos.80-E y 81; y al Oeste, Solares Nos.80-F, 81 y 80-A.
C) Solar No.80-C de la Porción "A", del Distrito Catastral No.1, del municipio y provincia de Santiago, o sea una porción de 478 metros cuadrados con 82 decímetros cuadrados, limitado al Norte, Solar No.80-B; al Este, Carretera Duarte o Avenida Imbert; al Sur, Solar No.80-D; y al Oeste, Solar No.80-F.
D) Solar No.80-D de la porción "A", del Distrito Catastral No.1, del municipio y provincia de Santiago, o sea una porción de 479 metros cuadrados con 74 decímetros cuadrados, limitado al Norte, Solar No.80-C; al Este, Carretera Duarte o Avenida Imbert; al Sur, Solar No.80-E; y al Oeste, Solar No.80-F.
E) Solar No.80-E de la porción "A", del Distrito Catastral No.1, del municipio y provincia de Santiago, o sea una porción de 632 metros cuadrados con 92 decímetros cuadrados, limitado al Norte, Solar No.80-D y Carretera Duarte o Avenida Imbert; al Este, Carretera Duarte o Avenida Imbert y Calle General López; al Sur, Av. Hermanas Mirabal; y al Oeste, Solar No.80-D.
2.- A LAAD CARIBE, S.A., a inscribir una hipoteca en primer rango, ascendente a la suma de US$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA o su equivalente en moneda nacional a la tasa oficial de cambio vigente en el Banco Central de la República Dominicana), sobre el Solar No.2 de la Manzana No.1755, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 649 metros cuadrados con 36 decímetros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.3, al Este, Solar No.11 y Solar No.10; al Sur, Solar No.1; y al Oeste, Calle Vergel. Propiedad de los señores QUIRILIO UBALDO ELPIDIO VILORIO y GLORIA DOMINGUEZ DE VILORIO.
3.- A FINANCIAL CARD, INC. CORP., a inscribir una hipoteca en primer rango, ascendente a la suma de US$1,385,000.00 (UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA o su equivalente en moneda nacional a la tasa oficial de cambio vigente en el Banco Central de la República Dominicana), sobre el inmueble que se describe a continuación, así como
sobre las mejoras actuales o las que en lo sucesivo se construyan, hagan o edifiquen en dicha propiedad por el actual dueño, sus herederos o cesionarios:
Parcela No.60-Prov.-Porción "C", del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 5,050 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.43-Provisional; al Este, Parcela No.61-Provisional; al Sur, Camino No.8 (calle Anibal de Espinosa); y al Oeste, Parcela No.59, propiedad de PASTAS DOMINICANAS, S.A.
4.- A FINANCIAL CARD, INC. CORP., a inscribir una hipoteca en primer rango, ascendente a la suma de US$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA o su equivalente en moneda nacional a la tasa oficial de cambio vigente en el Banco Central de la República Dominicana), sobre el inmueble que se describe a continuación, así como sobre las mejoras actuales o las que en lo sucesivo se construyan, hagan o edifiquen en dichas propiedades por el actual dueño, sus herederos o cesionarios:
"Unidad de propiedad exclusiva para ser dedicada a fines residenciales, ubicada en la segunda planta, individualizada como Apartamento No.1, con acceso a la Avenida Anacaona y la Av. Selene, a través de los ascensores, las escaleras y pasillos comunes, con área de construcción de 560 metros cuadrados, el cual consta de: Lobby delante de los ascensores, lobby delante del ascensor de servicio (montacarga, sala de recibo, sala-estar, comedor, estudio con su baño, habitación master (principal) con closet y vestidor, un cuarto de baño con bañera de diario, bañera de masaje, inodoro y dos lavamanos, dos closets (uno dentro del baño y el otro ubicado en el pasillo de acceso); habitación No.2, con dos closets y su baño, habitación No.3, con vestidor y su baño, dos closets de ropa blanca, en el pasillo de acceso a las habitaciones, cocina con dos cuartos de servicio con su baño y closet, área de lavado y planchado, con lavadero doble, closet, espacio e instalación para lavadora y secadora, ducto de basura, medio baño de visitas, depósito con acceso por el lobby de servicio, seis cubículos ubicados en el perímetro exterior, para los calentadores de agua y condensadores de aires acondicionados. A este apartamento le corresponde en plena propiedad un área ubicada en el sótano del edificio de 10 a 12 metros cuadrados, cerrada con su puerta, un locker ubicado en el primer piso, tres parqueos techados y uno sin techar debidamente señalizados y/o numerados; Parcela No.122-A-1-A-FF-8-A-101-Ref., del Distrito Catastral No.3, del Distrito Nacional, Parcela que tiene una extensión superficial de 00 Hectárea, 45 Areas, 77 Centiáreas y 13 Decímetros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Av. Selene; al Este, Parcelas Nos.122-A-1-A-FF-8-A-103 y 122-A-1-A-FF-8- A-121; al Sur, Av. Anacaona; y al Oeste, Parcelas Nos.122-A-1-A-FF- 8-A-100 y 112-A-1-A-FF-A-124".
El inmueble precedentemente descrito es propiedad de los señores N.J.P. INMOBILIARIA, S.A., en virtud del Certificado de Título No.94-3052, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha 13 de abril de 1994.
Artículo .- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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