Texto de la norma
Dec. No.287-95 que aprueba la Decimonovena Resolucion de la Junta Monetaria del
16 de noviembre de 1995, sobre incineracion de billetes del Banco Central.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 287-95
VISTOS 10s Articulos 1, 2 y 3 de la Ley No.2927 de fecha 18 de junio de
195 1, sobre Incineracihn de Billetes del Banco Central de la Republica Dominicana.
VISTA la Decimonovena Resolucihn adoptada por la Junta Monetaria en
fecha 16 de noviembre de 1955.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Queda aprobada la Decimonovena Resolucion de la Junta
Monetaria, de fecha 16 de noviembre de 1995, por cuyo medio se autoriza la incineracion
y/o trituracion de 64, 660, 665 unidades de billetes del Banco Central de la Republica
Dominicana, deteriorados y retirados de circulacion, en la forma siguiente: 4,953,507
unidades de la denominacion de RD$50.00; 14,706,016 unidades de la denominacion de
RD$20.00; 22,617,017 unidades de la denominacion de RD$10.00; 22,008,028 unidades de
la denominacion de RD$5.00; y 376,097 unidades de la denominacion de RD$1.00.
Articulo 2.- Comuniquese a 10s funcionarios indicados en el articulo 3 de la
Ley No.2927 de fecha 18 de junio de 1951, modificada por la Ley No.159 del 18 de marzo
de 1966, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos
noventa y cinco, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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