Texto de la norma
Dec. No.237-95 que suspende, temporalmente, todos 10s derechos otorgados a1
Activo 20-30 Internacional Club de Santo Domingo sobre la porcion de terreno que
le fue donada en el Distrito Nacional para la construccion de una Casa Hogar del
Niiio 20-30.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 237-95
CONSIDERANDO: Que una extension de 19 hectareas, 79 ireas y 65
centiareas dentro de la Parcela No.212 del D.C. No.2 del Distrito Nacional, ubicada dentro
de 10s linderos siguientes: A1 Norte, resto de la Parcela No.212; a1 Sur, Mar Caribe; a1 Este,
Parcela No. 120-A, y a1 Oeste: Parcela No. 117, fue donada a1 Activo 20-30 Internacional
Club de Santo Domingo para la construccihn de una Casa Hogar del Niiio 20-30 en fecha 2
de noviembre de 1964;
CONSIDERANDO: Que 23 aiios y 9 meses despues dicha donacihn fue
revocada por no haber sido cumplidos 10s fines de la misma;
CONSIDERANDO: Que dichos terrenos finalmente fueron cedidos para la
construccihn de canchas destinadas a la practica del tenis y sus facilidades;
VISTA la exposicion formulada por el Presidente del Comite Olimpico
Dominicano, en la cual se pide la intervencihn del Poder Ejecutivo en el sentido de evitar la
destruccihn del citado centro deportivo;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se dispone la suspension de todos 10s derechos que puedan
haber sido otorgados para el us0 de dichos terrenos, asi como de 10s trabajos que
actualmente alli se realizan, hasta tanto se defina la situacihn legal de 10s mismos.
Articulo 2.- Se designan en Comisihn a 10s seiiores Ing. Bienvenido
Martinez Brea, Encargado de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado
Adscrita a1 Poder Ejecutivo; Lic. Carlos Eligio Linares, Administrador General de Bienes
Nacionales; y a1 Dr. Hector Perez Reyes, Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo, para que
realicen una investigacihn minuciosa del cas0 y rindan dentro de un plazo de 10 dias un
informe a1 Poder Ejecutivo con las sugerencias que consideren de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa y cinco, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracihn.
Joaquin Balaguer
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