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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 235-95

QUE AUTORIZA A VARIAS COMPAÑIAS EXTRANJERAS A FIJAR DOMICILIO EN LA REPUBLICA DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 oct de 1995fecha
Otrostipo
G. O. 9913Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.235-95 que autoriza a varias compaiiias extranjeras a fijar su domicilio en la Republica Dominicana. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 235-95 VISTO: el articulo 13 del Codigo Civil. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se autoriza a Eron Power Constrution Company, sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de America, con su domicilio social en el numero 1209 de la calle Orange en la ciudad de Wilmintong, Condado de New Castle, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 2.- Se autoriza a la Compaiiia Videma Corporation, N.V., sociedad comercial constituida y existente de conformidad con las leyes de Curacao, Antillas Neerlandesas, con su domicilio social en Hendrikplein 5, Curacao, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 3.- Se autoriza a la Compaiiia Americas' Factors Corporation, sociedad comercial constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado de Florida, Estados Unidos de America, con su domicilio social en 1850 S.W. 8th Street Miami, Florida, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 4.- Se autoriza a la Compaiiia Caribbean Paper Inc., sociedad comercial constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado de Panama, con su domicilio social en Via Espaiia No.200, ciudad de Panama, Republica de Panama, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 5.- Se autoriza a la Compaiiia Aviles Distribuitors Inc., sociedad comercial y constituida de acuerdo a las Leyes del Estado Libre asociado de Puerto Rico, con su domicilio social en la Avenida Barbosa No.67 Santurce Municipio de San Juan de Puerto Rico, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 6.- Se autoriza a la Compaiiia Fine Airlines Inc., sociedad comercial constituida de acuerdo a las Leyes del Estado de la Florida, con su domicilio social en el 1640 N.W. 62 Ave. Edificio No.2169 de la ciudad de Miami, Condado de Dade, Estado de la Florida, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 7.- Se autoriza a la Compaiiia Cobra Instalaciones y Servicios, S.A., sociedad comercial constituida de acuerdo a las Leyes de Espaiia, con su domicilio social marcado con el No.3 de la Calle General Mascardo de la ciudad de Madrid, Espaiia, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 8.- Se autoriza a la Compaiiia Fabrica de Billares Boricua, Inc., sociedad comercial constituida de acuerdo a las Leyes del Estado Libre de Puerto Rico, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 9.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s doce (12) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos noventa y cinco, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona