Texto de la norma
Dec. No.251-99 que constituye el proyecto “Manejo y Conservacion de 10s Recursos
Naturales en la Cuenca Alta del KO Yaque del Norte” (PROCARYN).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 251-99
CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo bilateral entre la Republica
Dominicana y la Republica Federal de Alemania se ha convenido ejecutar un proyecto de
manejo y conservacihn de 10s recursos naturales en la Zona de la Cuenca Alta del Rio
Yaque del Norte.
CONSIDERANDO: Que en esta cuenca la explotacihn de la tierra de
manera no sostenible ha conllevado a la destruccihn de 10s bosques, provocando la
degradacihn y erosion de 10s suelos, asi como la disminucihn de 10s caudales de 10s rios, lo
que implica el incremento de 10s niveles de pobreza y la migracihn de sus habitantes hacia
10s centros urbanos.
CONSIDERANDO: Que el proyecto financiara inversiones para la
reforestacihn, manejo de bosques, regularizacihn predial, diversificacihn agropecuaria y
rehabilitacihn de cultivos.
CONSIDERANDO: Que el sector de conservacihn de recursos naturales y
medio ambiente confluyen varias instituciones estatales y no gubernamentales,
desarrollando acciones de naturaleza similar a 10s objetivos del presente proyecto.
CONSIDERANDO: Que es interes del Gobierno armonizar la relacihn
entre el Estado y la Sociedad Civil para la conservacihn de 10s recursos naturales y de la
proteccihn ambiental, como forma de enfrentar 10s niveles de pobreza que aquejan nuestra
poblacihn.
CONSIDERANDO: Que el manejo adecuado y la conservacihn de 10s
recursos naturales implican el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacihn
local.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Queda constituido el proyecto “Manejo y Conservacihn de 10s
Recursos Naturales en la Cuenca Alta del Rio Yaque del Norte” (PROCARYN), con el
objetivo de contribuir a la disminucihn de la degradacihn de las tierras de ladera en dicha
cuenca, para asi iniciar un proceso de estabilizacihn social, ambiental y econhmico a traves
de las siguientes acciones:
Financiar inversiones para reforestacihn y manejo del bosque;
a)
b)
Ofrecer asistencia tecnica;
Contribuir a la regularizacihn predial;
c)
Fomentar la diversificacihn agropecuaria y rehabilitacihn de cultivos;
d)
Elaborar y ejecutar planes de manejo y trabajos de raleo;
e)
Ejecutar actividades de forestacihn y reforestacihn;
f)
Promover acciones comunitarias, entre otras.
g)
Articulo 2.- La institucihn contraparte y ejecutora nacional del proyecto sera
la Secretaria de Estado de Agricultura (SEA), que sera representada a su vez por la
Subsecretaria de Estado de Recursos Naturales (SURENA). La institucihn contraparte
alemana estara representada por el Banco Alemin de Reconstruccihn (KfW).
Articulo 3.- Se crea con caracter permanente la Junta Directiva de dicho
proyecto, como hrgano de interaccihn entre el Estado Dominican0 y la Sociedad Civil con
funciones de Consejo de Administracihn, la cual estara conformada cuatro (4)
representantes de las instituciones publicas y cuatro (4) representantes de organizaciones no
gubernamentales con incidencia en la zona donde se llevara a efecto el proyecto, de la
manera siguiente:
Un (1) representante de la Secretaria de Estado de Agricultura/Subsecretaria de
Recursos Naturales (SENSURENA);
Un (1) representante de la Direccihn General Forestal (DGF);
Un (1) representante de la Comisihn Nacional Tecnica Forestal (CONATEF);
Un (1) representante del Instituto Nacional de Recursos Hidraulicos (INDRHI);
Un (1) representante del Instituto Superior de Agricultura (ISA);
Un (1) representante del Plan Cordillera, Inc.;
Dos (2) representantes de las organizaciones de base (federaciones y asociaciones)
residentes en [domicilio omitido];
Articulo 4.- Los miembros representantes de las instituciones publicas en la
Junta Directiva seran elegidos y designados por sus titulares y deberin ser acreditados ante
la Junta Directiva.
Los miembros representantes en la Junta Directiva de las
organizaciones de la Sociedad Civil (no gubernamentales y de base) serin elegidos de entre
ellos cada dos (2) aiios.
Articulo 5.- Las funciones de la Junta Directiva serin las de deliberacion,
asesoramiento, decision y supervision en todos 10s aspectos y lineamientos del Proyecto.
Estas funciones y deberes estaran descritas en las Normas Generales del Proyecto, las
cuales forman parte integral del presente decreto.
Articulo 6.- Para la ejecucion y supervision del Proyecto la Junta Directiva
contara con una Oficina Ejecutiva, que actuara como organo de direccion local y soporte de
la Junta Directiva; con autonomia de gestion y responsabilidad en la ejecucion del
proyecto, descentralizada gerencial y administrativamente.
Articulo 7.- La Oficina Ejecutiva tendra facultad y autonomia suficientes
para realizar todos 10s actos de adrninistracion o gerencia que fuesen utiles o necesarios a1
Proyecto, dentro del marco de las Normas Generales del Proyecto.
Articulo 8.- Una Comision de Asesoramiento sera formada y dependera de
las agencias alemanas de cooperacion involucradas en el proyecto y su funcion sera asistir
y asesorar a la Junta Directiva y especialmente a la Oficina Ejecutiva en asuntos de orden
administrativo, gerencial, tecnico y organizativo, dentro de las Normas Generales del
Proyecto.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de junio del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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