Texto de la norma
Dec. No. 224-99 que deroga el Decreto No. 1357 del año 1975, que declaró de utilidad pública e interés social varias porciones de terreno en el Distrito Nacional, propiedad de la Sociedad Inmobiliaria, C. por A.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 224-99
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.1357, de fecha 29 de septiembre del 1975, se declararon de utilidad pública e interés social, para ser destinados a la continuación de los trabajos de remodelación de la Zona Colonial de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, la adquisición por el Estado Dominicano de varios inmuebles, propiedad de la Sociedad Inmobiliaria, C. por A., empresa de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE).
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano no completó, en su momento, el proceso de adquisición de dichos inmuebles, por lo que procede restituirlos a su legítima propietaria.
VISTO el Decreto No.1357, de fecha 29 de septiembre del 1975.
VISTA la Ley 289 de fecha 30 de junio del 1966, y sus modificaciones, que crea la Corporación Dominicana de Empresas Estatales.
VISTA la Ley No.344, de fecha 29 de julio del 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.-Se deroga el Decreto No.1357, de fecha 29 de septiembre de 1975, que declaró de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano de varios inmuebles propiedad de la Sociedad Inmobiliaria, C. por A. En consecuencia, se restituyen a dicha empresa los inmuebles que se describen a continuación:
a), Solar No.5, de la Manzana No.384, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Setecientos Treinta y Cinco Metros Cuadrados, Ochenta y Nueve Decimetros Cuadrados (735.89 mts.2) y su mejora, consistente en la casa No.6 de la Calle Las Damas, esquina El Conde.
b), Solar No.2, Provisional, de la Manzana No.384, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Ciento Ochenta y Ocho Metros Cuadrados, Treinta Decímetros Cuadrados (188.30 mts.2), y su mejora, consistente en la casa No.8 de la Calle El Conde.
c), Solar No.3, de la Manzana No.384, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Ciento Sesenta y Dos Metros Cuadrados, Setenta y Tres Decímetros Cuadrados (162.73 mts.), y su mejora, consistente en la casa No.10 de la Calle El Conde.
d), Solar No.2, Reformado, de la Manzana No.384, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Doscientos Sesenta y Cinco Metros Cuadrados y Noventa Decímetros Cuadrados (265.90 mts2) y su mejora, consistente en la casa No.12 de la Calle El Conde.
e), Solar No.13, de la Manzana 438, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Novecientos Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados, Ochenta Y Ocho Decímetros Cuadrados (948.88 mts.2) y su mejora, consistente en la casa No.4 de la Calle Las Damas.
f), Solar No.12, de la Manzana 438, del Distrito Catastral No.1, con un área superficial de Sesenta y Ocho Metros Cuadrados, Cuarenta y Tres Decímetros Cuadrados (78.43 mts.2), y su mejora, consistente en la casa No.6 de la Calle Las Damas.
g), Solar No.11, de la Manzana 438, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un área superficial de Doscientos Noventa y Tres Metros Cuadrados, Tres Decímetros Cuadrados (293.03 mts.2) y sus mejoras, consistente en la casa No.2 de la Calle Las Damas, esq. José Gabriel García.
Articulo 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos del Distrito Nacional, a la Sociedad Inmobiliaria, C. por A. y a la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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