Texto de la norma
Dec. No. 596-96 que autoriza emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación "Faro a Colón".
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 596-96
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias de acuerdo a las disposiciones técnicas siguientes:
A) DENOMINACION : FARO A COLON
(EMISION DEFINITIVA)
DISEÑO : FARO A COLON
ESPECIFICACIONES : Llevarán la leyenda REPUBLICA DOMINICANA, CORREOS, su valor facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño.
CANTIDAD : UN MILLON (1,000,000) DE EJEMPLARES
VALOR : Diez pesos (RD$10.00)
Artículo 2.- Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán impresos bajo el procedimiento OFF-SET, multicolor. Los tamaños y formas serán determinados por la COMISION OFICIAL FILATELICA DEL INPOSDOM.
Artículo 3.- Para las indicadas emisiones se utilizará papel litográfico cromo 56-B, sustancia 103 gm2.
Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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