Texto de la norma
Dec. No. 641-96 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 641-96
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señorita Reyes Berenicia Maldonado Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Anna Berenice Maldonado Matos.
Artículo 2.- Los señores Francisco Rafael Rondón Ruiz y Olga Altagracia Saldívar de Rondón, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Olga Altagracia Rondón Saldívar, por el de Olga Estefani Rondón Saldívar.
Artículo 3.- Los señores José María Olalla y Maritza Altagracia Grullón, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Jhenny Cleotilde Olalla Grullón, por el de Jennifer Cleotilde Olalla Grullón.
Artículo 4.- La señorita Erita María Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Edita María Peña.
Artículo 5.- La señora Teolinda Antonia Cabrera Jiménez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Teonilde Antonia Cabrera Jiménez.
Artículo 6.- El señor José Abrahan Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Abrahan Rodríguez.
Artículo 7.- La señora Matilde Portes Romero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Amantina Portes Romero.
Artículo 8.- La señora Carmela Durán Peralta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Durán Peralta.
Artículo 9.- La señora Leonida Hemogenia Salcedo Beliar, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Jacqueline Lissette Salcedo Beliar.
Artículo 10.- La señora Silvia Ytalina Bello Fernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dulce María Bello Fernández.
Artículo 11.- La señora Juana Quezada Marte, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marina Quezada Marte.
Artículo 12.- El señor José María Mota Martínez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jesús María Mota Martínez.
Artículo 13.- El señor Bernardo Portes Viola, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fernando Portes Viola.
Artículo 14.- La señorita Eleaquina Rijo Castro, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aracelis Rijo Castro.
Artículo 15.- El señor Robert Hamlet Marte Tejada, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ramón Hamlet Marte Tejada.
Artículo 16.- La señora Germania Catalino Paredes, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Miledy Catalino Paredes.
Artículo 17.- La señora Juana Rosa Erbin Bautista Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Erbin Bautista Tejada.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.