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Dec. No. 548-96 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 548-96
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones:
1.- ASOCIACION CADENA DE DETALLISTAS DEL DISTRITO NACIONAL (ASOCADISNA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 21 del mes de octubre de 1992.
2.- VOLUNTARIADO DEL HOSPITAL "DR. FRANCISCO MOSCOSO
PUELLO", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 28 del mes de julio de 1995.
3.- ASOCIACION DE CHOFERES Y DUEÑOS DE VEHICULOS PERALTEROS (ASOCHODUVEPE), que tiene su domicilio en el municipio de Peralta, provincia de Azua, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 10 del mes de abril de 1996.
4.- FUNDACION GENESIS PRO-ARTE Y CULTURA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 14 del mes de diciembre de 1995.
5.- CONCILIO ADONAI PENTECOSTAL Y MISIONERO (CAPM), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 18 del mes de abril de 1995.
6.- PATRONATO PRO-VIVIENDAS PARA MAESTROS DE SAN JOSE DE LOS LLANOS (PATROVILLA), que tiene su domicilio en el municipio de San José de los Llanos, provincia de San Pedro de Macoris, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 del mes de marzo de 1995.
7.- FUNDACION DE ESTUDIOS HEMATOLOGICOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 22 del mes de octubre de 1995.
8.- GRUPO ESPIRITA - CRISTIANO "DR. BEZERRA DE MENEZES", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 8 del mes de mayo de 1996.
9.- FUNDACION DR. JULIO ESPAILLAT RODRIGUEZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 26 del mes de septiembre de 1994.
10.- INSTITUTO NACIONAL DE DIALISIS Y TRASPLANTE DE ORGANOS (INTROS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 27 del mes de diciembre de 1995.
11.- INSTITUTO DE DESARROLLO INTEGRAL AMOS (INDDIA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 2 del mes de noviembre de 1995.
12.- ASOCIACION DOMINICANA DE PRODUCTORES DE SOFTWARE (PROSOFT DOMINICANA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 10 del mes de abril de 1995.
13.- SOCIEDAD DE SOCORRO MUTUO DEL PROYECTO HABITACIONAL LA ZURZA (SOMUSOR), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 30 del mes de octubre de 1995.
14.- FUNDACION BARRIOS EN DESARROLLO (B.D.), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 15 del mes de mayo de 1996.
15.- ASOCIACION DE TRANSPORTISTA INDEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD INDUSTRIAL DOMINICANA (ASOTRONISID), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 6 del mes de febrero de 1996.
16.- INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION DE ENFERMEDADES INFECTO-CONTAGIOSAS (INIEICONT), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 15 del mes de julio de 1996.
17.- SOCIEDAD OBRA DE MARIA, MOVIMIENTO DE LOS FOCOLARES, RAMA MASCULINA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 10 del mes de enero de 1996.
18.- FUNDACION PRO-MADRE VIEJA, que tiene su domicilio en San Cristóbal, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 8 del mes de agosto de 1994.
19.- CLUB DEPORTIVO SOCIAL Y CULTURAL DON HONORIO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 13 del mes de abril de 1996.
20.- ASOCIACION DE PROFESIONALES POR EL DESARROLLO, (APRODE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito 5acional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 24 del mes de junio de 1996.
21.- IGLESIA DE LA VERDAD, que tiene su domicilio en Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 10 del mes de enero de 1996.
22.- IGLESIA EVANGELICA HUPOGRAMOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 16 del mes de enero de 1992.
23.- TIERRA-TIERRA FUNDACION, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el
dia 31 del mes de agosto de 1996.
24.- CONSEJO NACIONAL DE MUJERES COOPERATIVISTA DE LA REPUBLICA DOMINICANA (CONAMCOOP), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 7 del mes de julio de 1996.
25.- IGLESIA APOSTOLICA LUZ Y VERDAD, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 27 del mes de junio de 1991.
26.- FUNDACION DE PLANIFICACION Y ACCION SOBRE LA CONSERVACION AMBIENTAL, EDUCACION Y SALUD DR. AMAURY MENDEZ (FUNDCAES), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 8 del mes de julio de 1996.
27.- INSTITUTO DOMINICANO DE INGENIEROS QUIMICOS (IDIQUI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 del mes de marzo de 1995.
28.- ASOCIACION DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS PESQUEROS (ASOPEM), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 1ro. del mes de septiembre de 1996.
29.- FRENTE DE MUJERES DE LAS CAÑITAS (FREMUCA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 9 del mes de septiembre de 1996.
30.- FUNDACION SOCORRO Y DESARROLLO PARA EL NIÑO Y EL ADOLESCENTE (FUSODENIA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 del mes de agosto de 1995.
31.- INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y DESARROLLO HUMANO (INDEH), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 11 del mes de agosto de 1996.
32.- ASOCIACION NACIONAL DE AMISTAD DOMINICO-HAITIANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 30 del mes de junio de 1996.
33.- CLUB DE LEONES COTUI, que tienen su domicilio en Cotuí, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 7 del mes de agosto del año 1996.
34.- FUNDACION PRO-FERTILIDAD HUMANA, que tienen su domicilio
en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 17 del mes de julio del año 1996.
35.- JUNTA DE VECINOS URBANIZACION TORRE ALTA SEGUNDA ETAPA, que tienen su domicilio en Puerto Plata, R. D. y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 12 del mes de febrero del año 1996.
36.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE JET-SKY Y MOTORES DE CUATRO GOMAS DE LA PROVINCIA DE LA ALTAGRACIA, que tienen su domicilio en La Altagracia, R. D. y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 24 del mes de agosto del año 1996.
37.- FUNDACION PARAISO DE LA TERCERA EDAD, que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 21 del mes de enero del año 1996.
38.- FUNDACION PRO DEFENSA DEL DERECHO DE PROPIEDAD (FUNDEPRO), que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 14 del mes de marzo del año 1996.
39.- ASOCIACION NACIONAL DE JAPONESES (ASONAJA), que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 14 del mes de julio del año 1996.
40.- FUNDACION ASISTENCIA LEGAL A PRESOS PREVENTIVOS (FUNDAPREVE), que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 4 del mes de julio del año 1996.
41.- FUNDACION PRO-AYUDA A LA COMUNIDAD SEYBANA, que tienen su domicilio en Santa Cruz del Seybo, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 26 del mes de mayo del año 1994.
42.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE PANADERIA DE SAN CRISTOBAL, que tienen su domicilio en San Cristóbal, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 14 del mes de febrero del año 1996.
43.- FUNDACION MINISTERIO LECHE Y MIEL, que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 6 del mes de octubre del año 1995.
44.- INSTITUTO AMBIENTE Y SOCIEDAD "MHT", que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 10 del mes de enero del año 1996.
45.- MOVIMIENTO VEDANTISTA ADVAITA DARSHANA (MORAD), que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el día 22 del mes de mayo del año 1996.
46.- CENTRO DE FORMACION Y SERVICIOS PSICOLOGICOS BATISTA QUEZADA Y ASOCIADOS (CENFORSERPSI), que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 del mes de mayo del año 1995.
47.- ASOCIACION DE CAMPESINOS SIN TIERRAS LA MANO DE DIOS, que tienen su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 6 del mes de junio del año 1991.
Artículo 2.- Se aprueba la modificación de los estatutos de la UNIVERSIDAD COLEGIO DOMINICANO DE ESTUDIOS PROFESIONALES, INC. (UCDEP), celebrada en asamblea extraordinaria de fecha 10 de mayo de 1996, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional. Dichas modificaciones incluyen el cambio de su nombre, por lo que en lo adelante se llamará "UNIVERSIDAD CENTRAL DOMINICANA DE ESTUDIOS PROFESIONALES (UCDEP).
Artículo 3.- Se aprueba la modificación de los estatutos de la ASOCIACION DOMINICANA DE PROFESIONALES EN ADMINISTRACION, INC. (ADOPA), celebrada en asamblea extraordinaria de fecha 20 de noviembre de 1993, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional.
Artículo 4.- Se aprueba la modificación de los estatutos de la FUNDACION RODRIGUEZ DEMORIZI, INC., celebrada en asamblea extraordinaria de fecha 19 de junio de 1996, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional.
Artículo 5.- Se modifica el numeral e) del Artículo 1 del Decreto No.319-87, para que se lea de la siguiente manera:
"e) Asociación Iglesia Roca de Salvación, que tiene su domicilio en la provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 20 de julio de 1986".
Artículo 6.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario.
Articulo 7.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.