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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 499-96

QUE DEROGA EL DECRETO NO. 261-96 DEL 16 DE JULIO Y EN CONSECUENCIA ADQUIERE TODA SU VIGENCIA EL DECR...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 oct de 1996fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9936Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 499-96 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.156-95 de fecha 6 de julio de 1995, el Poder Ejecutivo declarh de utilidad publica e interes social, una porcihn de terreno de 6,314.00 metros cuadrados dentro de la Manzana 2413 comprendiendo 10s Solares Nos.1-Sub-1, 1-Sub-2, 1-Sub-28, 1-Sub-29, 1-Sub-30 y 1-Sub-31 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.165-96 del 20 de mayo de 1996, se modifich el Articulo 1 del Decreto No.156-95 del 6 de julio de 1995, para dejar excluida de la declaratoria de utilidad e interes social 10s Solares Nos. 1-Sub-1, 1-Sub-2, 1- Sub-29 y 1-Sub-30; del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.261-96 del 16 de julio de 1996, el Poder Ejecutivo derogh el literal B del Articulo primero del Decreto No.165-96 de fecha 20 de mayo de 1996, devolviendo la vigencia a la declaratoria de utilidad publica de 10s 6,314.00 metros cuadrados de la manzana 2413 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional, dispuesta en el Decreto No.156-95 de fecha 6 de julio de 1995; CONSIDERANDO: Que ha solicitud de la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo, el Departamento de Planeamiento Urban0 rindih un informe, mediante el cual establece que 10s Solares Nos. 1-Sub-1, 1-Sub-2, 1-Sub-29 y 1-Sub-30 son propiedad privada y colindan con el area verde de la Urbanizacihn Altos de Arroyo Hondo I1 sin ocuparla ni afectarla, por lo que procede devolver dichos terrenos a manos de sus legitimos propietarios; VISTA la Ley 675 de fecha 14 de agosto de 1944 sobre Urbanizaciones y Ornato Publico. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O Articulo 1.- Queda derogado el Decreto No.261-96 de fecha 16 de julio de 1996, y en consecuencia adquiere toda su vigencia el Decreto No. 165-96 de fecha 20 de mayo de 1996, que excluyo de la declaratoria de utilidad publica e interes social 10s solares Nos. 1-Sub-1, 1-Sub-2, 1-Sub-29 y 1-Sub-30 de la Manzana No.2413 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional. Articulo 2.- Enviese a1 Abogado del Estado, a1 Registrador de Titulos del Distrito Nacional y a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional, para su cumplimiento y fines procedentes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion. Leone1 Fernandez Dec. 500-96 que nombra varios Fiscalizadores de Juzgados de Paz de diferentes municipios y provincias del pais.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona