Texto de la norma
Dec. No. 61-95 que declara de utilidad publica e inter& social la adquisicion por el
Estado Dominicano de varias porciones de terreno en Santiago, para ser destinadas a
completar el perimetro node de la Plaza de la Cultura Santiago Apostol y para la
construccion de la prolongacion de la avenida Yapur Dumit.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 61-95
VISTA la Ley No. 344 del 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiacion.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Atticulo 1.- Se declam de utilidad p&lica e
@ p
s a ddnados a completa~ el
pnimetro n& de la Plaza de laculbua Sadago ApbtoL situadx en l a d e El Sol enk la30 de Matzo y
Gemal Lbpez de laciudad de %&ago de 10s W n o s , la adqusicihp el Estado Domitlicano de 10s
inmuebles que se detallan acohuacih:
a)SolaresNos.13,14,15,16,17y 18delamarnanaNo.162,delDishitoCatastdNo.l,del
municipio de Sanhago.
b)SolamNos.l2,13,16y 17dela~No.163,delDishito~No.l,delm~micipio
de %&ago.
Mado 2.- Se declamde utjIidadp&licae idm& @ p
ser desanado a la combccih de
l a ~ l ~ h d e l a A v e n i d a Y ~ ~ ~ t t a m o c o m p r e n d i d o e n k e l p u e n t e
~ a P e p m h a s t a l a ~ h
con la Avenida O h p i q La Banan-
en la ciudad de Sadago de lcs Caballnos, la adqusicih p
el Estado
Daninicano de 10s inmuebles que se Man acontinuacih:
1.- Una parCh de tnreno de 14,676 M2, h t m del imbito de la -la
No.8, pmpiedad de
JuanaMDiazcomm
2.-una ponih de tnmx, de 2,200 MZ denim del intito de la Parcels ~ 0 . 8 ,
pmpiedad de
FWham&sRodriguez.
3.- Urn ponih de tnreno de 6,676 M2 denim del intito de la Parcela No.& prapiedad de
DomuylB. Garcia
4.-Unapacihdetnrenode7,200M~,denimdelimbitodelaparcelaNo.8,pmpiedadde
J&
R GarCiaSuieL
5.- Una pacih de tnreno de 7,200 M2, denim del imbh de la Parcela No.8, pmpiedad de 10s
S m . de J& B. Garcia
6.-Unapacihdetnrenode7,200M~,denimdelimbitodelaparcelaNo.8,pmpiedadde
J&
RMattinGarcia
7.- Una ponih de tnreno de 6.750 M2, denim del imbito de la Parcela No.8, pmpiedad de
ChddaM. Garcia
8.- Una pacih de tnreno de 630 M2, denim del imbh de la Parcela No.8, pmpiedad de
Itdust& Ry H (Juan Rozh)
9.- Una ponih de tnreno de 7,200 M2, denim del imbito de la Parcela No.8, pmpiedad de
RamcnT.Garcia
10.- Una parC6n de tnmx, de 24,325 M2, denim del itnbito de la ParcelaNo.7, prapiedad de
10s S m . de Emilio MLfioz.
11.- Unaponih detnreno de 13,400 M2, denim del itnbito de la ParcelaNo. 13, prapiedad de
10s S m . de Emilio MLfioz.
12.- Una parC6n de tnmx, de 29,000 M2, denim del itnbito de la ParcelaNo.5, prapiedad de
10s S m . de Emilio MLfioz.
13.- Una parC6n de tnmx, de 2,400 M2, denim del itnbito de la Parcela No. 14, prapiedad de
10s S m . de J& Daz.
14.-Una~6ndetnrenode6,000M2,denimdelitnbitodelaParcelaNo.5,prapiedaddel0s
sm. de M i p l Diaz.
15.- Una poni6n de tnreno de 5,200 M2, htm del itnbito de la -la
NOS, pmpiedad de
Daninicanade Bienes Raices, S.A (D3BISA)
16.- Una poni6n de tnreno de 1,000 M2, htm del itnbito de la -la
NOS, pmpiedad de
Juan Antonio MLfioz.
17.- Una poni6n de tnreno de 4,500 M2, htm del itnbito de la -la
NOS, pmpiedad de
RamhAtltFemhdez.
18.- una
de tnreno de 400 ~ 2 ,
denim del intito de la Parcela ~ 0 . 8 ,
prapiedad de
MattineZyMen&,k., S.A
19.- Una poni6n de tnreno de 1,560 M2, htm del itnbito de la -la
NOS, pmpiedad de
Daninicanade Bienes Raices, S.A (D3BISA)
Todas 1% ponimes detnreno descritas &mente
pntetlecen d Disaito ChtastdN0.5 del
municipio de Sanhago.
20.- Una poni6n de tnreno de 6,540 M2, denim del itnbito de la Parcela No.%, Disaito
catasaalNo.2delm~~iodeS~~o,~edaddeTitsOArJona
Atticulo2-Encasodem,~e~aunacunrlo~leconl~prapietariosdel~itrmuebles
pmdenkmente mdi&
p
su adqusici6n de gad0 a gad0 p
el Ektado kninicam, el Adminisaador
Gemal de Bienes Nacionales &
todos 10s actos, pmedm&
y-
tanto Ordinaros como
exhaohan os, de acuerdo conlas leyes, pobtenerlaexpmpiacih de losmismcs.
.
.
Artículo 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesión de los inmuebles indicados, a fin de que se puedan iniciar en los mismos, de inmediato, los trabajos señalados, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por el Artículo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley No. 471, del 2 de noviembre de 1964.
Artículo 4.- La entrada en posesión por el Estado Dominicano de los mencionados inmuebles será ejecutada por el Abogado del Estado, por tratarse de inmuebles registrados al tenor de lo dispuesto por la Ley No. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega un párrafo II al Artículo 13 de la Ley No. 344 de fecha 29 de julio de 1943.
Artículo 5.- Los propietarios de terrenos edificados o no que deriven un beneficio especial de los señalados trabajos, estarán sujetos al pago de la contribución prevista en el Artículo 1ro. de la Ley No. 1849, de fecha 27 de noviembre de 1948, sobre Contribución a las Obras Públicas que Beneficien Terrenos Particulares, de acuerdo con las normas establecidas por dicha ley.
Artículo 6.- El presente Decreto deroga cualquier otro Decreto o disposición municipal que le sea contrario.
Artículo 7.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales y al Abogado del Estado, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta y cinco, año 152 de la Independencia y 132 de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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