Texto de la norma
Dec. No.426-96 que autoriza a los señores Virgilio González Marte y Edelmira de Vargas Castro de Tosato, al cambio de uso de suelo de sendas parcelas de tierra en Puerto Plata y Bahoruco.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 426-96
VISTAS las solicitudes que han elevado al Poder Ejecutivo los señores Virgilio González Marte y Edelmira de Vargas Castro de Tosato.
VISTAS las recomendaciones realizadas por el Comité de Administración y Crédito del Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO).
VISTO el Decreto No.3139 de fecha 22 de marzo de 1982.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza al señor Virgilio González Marte al cambio de uso de suelo de la Parcela No.1, Ref.44 del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Sosua, provincia de Puerto Plata, para hacer un proyecto de desarrollo turístico de villas y residencias de baja densidad.
Artículo 2.- Se autoriza a la señora Edelmira de Vargas Castro de Tosato al cambio de uso de suelo de la Parcela No.55, del Distrito Catastral No.2, del municipio de Bahoruco, a fin de que pueda ser desarrollada turísticamente.
Artículo 3.- Para desarrollar el proyecto indicado en el Artículo 1 del presente decreto, sus promotores deberán acogerse a los parámetros establecidos en el Decreto No.1432 de fecha 6 de noviembre de 1975, que aprueba los Reglamentos de las normas de aplicación de la Ley No.256 del 30 de octubre de 1975, sobre Ordenamiento Territorial en la Zona Norte del país;
Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Turismo, a la Marina de Guerra y al Banco Central de la República Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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