Texto de la norma
Dec. No. 129-95 que designa con el nombre de Avenida San Cristobal, la via que une a
la ciudad capital con San Cristobal, partiendo de la Avenida 27 de Febrero y dicta
otras disposiciones.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 129-95
CONSIDERANDO: Que la via construida para unir a la ciudad de Santo
Domingo con la comunidad de San Cristobal, reune todas las caracteristicas de una
moderna avenida.
CONSIDERANDO: Que este enlace vial forma parte de un amplio programa
de rnodernizacion y hermoseamiento de la poblacion en cuyo sen0 nacio la primera
Constitucion de la Republica.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se designa con el nombre de "Avenida San Cristobal" la via que
une la Ciudad Capital con dicha poblacion, partiendo de la Avenida 27 de Febrero.
Articulo 2.- Se prohibe el transit0 de vehiculos pesados y de patanas por esta
via, 10s que deberin utilizar la Carretera Sanchez, la cual debera ser mantenida en optimas
condiciones.
Articulo 3.- La actual Avenida San Cristobal de esta ciudad se designa con el
nombre de "Avenida 6 de noviembre".
Articulo 4.- Comuniquese a la Secretaria de Estado de Obras del Publicas y
Comunicaciones, a la Policia Nacional y a1 Ayuntamiento del municipio de San Cristobal,
para el cabal cumplimiento del presente decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de junio del aiio mil novecientos
noventa y cinco, aiio 152 de la Independencia y 132 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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