Texto de la norma
Dec. No. 330-92 que autoriza una impresion de sellos para documentos.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 330-92
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el ,4rticulo 55 de la Constitucion de
la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se autoriza la siguiente impresion de sellos para documentos:
3,000,000
(Tres Millones) de sellos del tip0 de RD$4.00 numerados del
3000001 a1 6000000, color rojo, en papel especial engomado, con
fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
2,000,000
(Dos Millones) de sellos de RD$5.00, numerados del 20000001 a1
4000000, color verde oscuro, en papel especial engomado, con fibras
de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000
(Quinientos Mil) sellos del tipo de RD$25.00, numerados del 450001
a1 950000, color rojo, en papel especial engomado, con fibras de
seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresion de estos sellos se hara con el mismo tamaiio y diseiio de las emisiones
anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y
dos; aiio 1490 de la Independencia y 1300 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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