Texto de la norma
Dec. No. 274-94 que autoriza un aumento en la tarifa postal para el franqueo de la
correspondencia.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 274-94
CONSIDERANDO: El alza experimentada por el servicio postal, sobre
todo en 10s costos de transporte tanto interno como externo.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario disponer un aumento en la tarifa
postal, y que el mismo no violaria las disposiciones establecidas en 10s convenios y
acuerdos de la Union Postal Universal (UPU), de 10s cuales es signataria la Republica
Dorninicana
VISTA la Ley No. 2461 del 18 de julio de 1950, sobre Especies timbradas.
VISTA la Ley No. 307 del 15 de noviembre de 1985 que crea el Instituto
Postal Dominican0 (INPOSDOM).
VISTO el Decreto No. 5 11-90, de fecha 10 de diciembre de 1990.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza un aumento en la tarifa postal para el franqueo de la correspondencia destinada al interior y al exterior del país, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
SERVICIO AEREO
GRUPO DE PAISES | CARTAS | PEQ. PAQ. | IMPRESOS
GRUPO I
Antillas menores, Aruba, Bélice, Costa Rica, Cuba, Curazao, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haiti, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, Trinidad y Tobago, Venezuela, Zona del Canal, Bahamas, Bermudas, Canadá, Caimán, México, Islas Tur cas, Honduras, y otros.
(incluyendo Tarjetas Postales, Tarjetas de Navidad y año Nuevo).
(Por cada C/10 grs. o fracción)
RD$5.00
Hasta 100 grs. RD$20.00
(Por cada C/50 grs. o fracción)
RD$25.00
Por cada C/50 grs. o fracción
RD$5.00
GRUPO II
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Surinam, Guyana, Paraguay, Perú, Islas Malvinas.
Rd$6.00
Hasta 100 grs. RD$25.00
Por cada C/50 grs. o fracción RD$30.00
RD$5.00
GRUPO III
Países de Europa
Islas Canarias, Groelandia
y otros.
RD$10.00
Hasta 100 grs. RD$40.00
Por cada C/50 grs. o fracción RD$35.00
RD$10.00
GRUPO IV
(ASIA, AFRICA, OCEANIA, AUSTRALIA)
Afganistán, Arabia Saudita, Birmania, Brunei, Sri Lanka (Ceilán, Corea, China, Filipinas, Etiopía, Gambia, Kenya, Liberia, Libia, Madagascar, Marruecos, Mauritania, Mozambique, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra, Leona, Somalia, Sudán, Tanzania, (Tanganica), Togo, Túnez, Uganda, República Sudafricana, Australia, Isla Norfolk, Papúa, Nueva Guinea, Nueva Zelandia, Islas Fidji, Taiwan (Formosa), Hong Kong, India, Indochina, (Laos, vietnan, Kampuchea), Tailandia, Irak, Irán, Islas Mauricio, Islas Reunión, Israel, Japón, Jordania, Líbano, Macao, Indonesia, Malasia, Okinawa, Sarawak, (Malasia), Yemen, Argelia, Angola, Camerún, Zaire (Congo Belga), costa de Marfil, Benin (Dahomey), Egipto, I. Naurú, I. Salomón, I. Nueva Celedonia, Vanautu (Nuevas Hébridas), Guam, Samona, Cabo Verde, Pakistan, Truquía, Siria y otros.
(incluyendo Tarjetas postales, Tarjetas de Navidad y año Nuevo)
Por cada 10 gramos o fracción
RD$28.00
Hasta 100 grs.
RD$35.00
Por cada 50grs. adicionales.
RD$35.00
Por cada 50 grs. o fracción
RD$20.00
TASAS ORDINARIAS
(Urbano, Interior y Maritimo)
I
CATEGORIAS
PESO en grs.
REGIMEN
REGIMEN
INTERN0
REGIMEN
EXTERN0
Por
cada
CARTAS
(Incluye
Tarjeta
RD$4.00
RD$4.00
RD$6.00
RD$16.00
RD$30.00
RD$50.00
RD$60.00
RD$3.00
RD$5.00
RD$8.00
RD$10.00
RD$20.00
RD$30.00
RD$2.00
RD$2.00
RD$4.00
RD$6.00
1,000
RD$15.00
2,000
RD$20.00
RD$20.00
Cada
Kilo RD$15.00
adicional hasta
5.
RD$40.00 i
CATEGARIAS
Peso (GR)
(Maximo 1 kg)
REGIMEN
URBANO
REGIMEN
INTERN0
REGIMEN
EXTERIOR
PEQUEROS
PAQUETES
1,000
RD$20.00
RD$40.00
RD$50.00
RD$80.00
Por
cada
kilo
adicional
RD$80.00
POSTALES
Por cada kg. o
fraccihn
(Regimen Urbano c
(Maximo
kilos)
LIBROS DE AUTORES NACIONALES, CON EMBALAJE DE IMPRESOS
SOLAMENTE
REGIMEN INTERN0
REGIMEN EXTERIOR
Por cada 50grs. o fraccihn
RD$3.00
RD$5.00
Este privilegio no exime el pago de la tasa establecida para 10s servicios
especiales, cuando se desee utilizar.
TARIFA PARA LOS SERVICIOS ESPECIALES
TARIFA RD$
SERVICIOS ESPECIALES
RD$2.00
RD$3.00
RD$5.00
RD$8.00
RD$5.00
RD$8.00
RD$3.00
RD$6.00
RD$3.00
RD$5.00
Ultima hora
Lista de Correos
Almacenaje (a partir del 3er. Dia de llegada)
Expreso (Entrega Especial)
Peticihn de Devolucihn o Modificacihn de
Direccihn
Presentacihn Aduanera
Libre de Tasas y Derechos
Reclamacihn
Aviso de Recibo
Certificacihn
SERVICIO DE CARTAS CON VALORES DECLARADOS
DESIGNACION | TARIFA (RD$)
Por cada Sobre para Valores Declarados | RD$3.00
Valor a cobrar en sellos primas de:
RD$ 0.01 hasta RD$ 10.00 — 5.00
10.01 " 30.00 — 6.00
30.01 " 50.00 — 10.00
50.01 " 75.00 — 12.00
75.01 " 100.00 — 15.00
100.01 " 200.00 — 20.00
200.01 " 225.00 — 23.00
225.01 " 250.00 — 25.00
250.01 " 275.00 — 28.00
275.01 " 300.00 — 30.00
300.01 " 325.00 — 33.00
325.01 " 350.00 — 35.00
350.01 " 375.00 — 38.00
375.01 " 400.00 — 40.00
400.01 " 450.00 — 45.00
450.01 " 500.00 — 50.00
TARIFA PARA EL SERVICIO DE APARTADOS
DESIGNACION | MONTO POR SEMESTRE
GRANDES | MEDIANOS | PEQUEÑOS
SANTO DOMINGO Y SANTIAGO | RD$500.00 | RD$300.00 | RD$200.00
CABECERAS DE PROVINCIAS Y DEMAS OFICINAS | RD$300.00 | RD$200.00 | RD$150.00
Articulo 2.- El presente Decreto modifica en cuanto sea necesario a1 Decreto
No.511-90, de fecha 10 de diciembre de 1990.
Articulo 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, Tesoreria
Nacional y a1 Instituto Postal Dominicano, para 10s fines correspondiente.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de septiembre del aiio mil
novecientos noventa y cuatro; aiio 15 1 de la Independencia y 132 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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