Texto de la norma
Dec. No. 369-91 que aprueba la Skptima Resolucion de la Junta Monetaria de fecha 19
de septiembre de 1991, que autoriza incineracion de billetes del Banco Central de la
Republica Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 369-91
VISTO 10s articulos 1, 2, 3, de la Ley No. 2927, de fecha 18 de junio de
195 1 y sus modificaciones, sobre incineracion de billetes del Banco Central de la Republica
Dominicana;
VISTA la Septima Resolucion adoptada por la Junta Monetaria en fecha 19
de septiembre de 1991;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Queda aprobada la Septima Resolucion de la Junta Monetaria,
de fecha 19 de septiembre de 1991, por cuyo medio se autoriza la incineracion de 91, 447,
700 unidades de billetes del Banco Central de la Republica Dorninicana, deteriorados y
retirados de circulacion, 757,100 unidades de la denominacion de RD$50.00; 6,908,200
unidades de la denominacion de RD$20.00; 7, 920, 400 unidades de la denominacion de
RD$10.00; 14,432,200 unidades de la denominacion de RD$5.00 y 61,429,800 unidades de
la denominacion de RD$1.00.
Articulo 2.- Comuniquese a 10s funcionarios indicados en el Articulo 3 de la
Ley NO. 2927, de fecha 18 de junio de 1951, modificada por la Ley No. 159 del 18 de
marzo de 1966, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s dos (2) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa y uno; aiio 1480 de la Independencia y 1290 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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