Texto de la norma
Dec. No. 302-92 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 302-92
CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva
del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido
dentro del plazo legal, ningh acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal sentido
por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por
la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado
Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de
la Republica
D E C R E T O
Articulo 1.- El seiior Jose Ciriaco Escarraman y la seiiora Maribel Cruz Cuesta,
quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor de edad Keyli Virginia
Escarraman Cruz por el de Keily Lizbhet Escarramin Cruz.
Articulo 2.- La seiiora Enercida Arias de Leon, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Maria Enercida Arias de Leon.
Articulo 3.- El seiior Herculano Morales, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Mariano Morales.
Articulo 4.- La seiiora Andrea Vasquez, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Alejandrina Vasquez.
Articulo 5.- La seiiora Alicia Then Diaz, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Elisa Then Diaz.
Articulo 6.- La seiiora Sara Altagracia D'Oleo Vargas, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Sarah Alicia D'Oleo Vargas.
Articulo 7.- El seiior Eufemio Encarnacion Adames, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Tomas Albert0 Encarnacion Adames.
Articulo 8.- La seiiora Ana Ysa De Jesus Torres Estevez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Eunice Torres Estevez.
Articulo 9.- La seiiora Maria Virgen Dominguez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Lucia Dominguez.
Articulo 10.- El seiior Ramon Saade Mauad y la seiiora Ocasia Alvarez, quedan
autorizados a cambiar el nombre de su hija menor de edad Dank Maribel Saade Alvarez
por el de Milagros Danira Saade Alvarez.
Articulo 11.- La seiiora Ambrosia Martinez y Martinez, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Aurora Martinez y Martinez.
Articulo 12.- El seiior Carmen Porfirio Estevez Boudierd, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Porfirio del Carmen Estevez Boudierd.
Articulo 13.- El seiior Cleto Marcelino Alegria Valdez, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Abel Marcelino Alegria Valdez.
Articulo 14.- La seiiora Juana Cuello, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Ramona Cuello.
Articulo 15.- El seiior Leoncio Ventura Rodriguez, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Leon Romilio Ventura Rodriguez.
Articulo 16.- La seiiora Lucia Grullon Liriano, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ana Lucia Grullon Liriano.
Articulo 17.- El seiior Luis Maria Pascual, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Luis Pascual.
Articulo 18.- La seiiora Sosonte De Los Santos Pimentel, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Sonia De Los Santos Pimentel.
Articulo 19.- La seiiora Ysidora Santos Rosario, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Silvia Santos Rosario.
Articulo 20.- El seiior Osinio Antonio Hernindez Perez, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Osiris Antonio Hernandez Perez.
Articulo 21.- La seiiora Fabia Mercedes Peguero, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Flavia Mercedes Peguero.
Articulo 22.- La seiiora Santa Cesaria Sierra Guerrero, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Milagros Sierra Guerrero.
Articulo 23.- La seiiora Vicenta Irene Medina Lopez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Iris Medina Lopez.
Articulo 24.- El seiior Pedro Antonio Nuiiez del Risco, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Pedro Antonio Yaqui Nuiiez del Risco.
Articulo 25.- El seiior Bartolo Lapaix De La Cruz, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Juan Bartolo Lapaix De La Cruz.
Articulo 26.- El seiior Eulices Sosa Guzman, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Euclides Sosa Guzman.
Articulo 27.- Enviese a la Junta Central Electoral para 10s fines correspondientes.
Articulo 28.- El presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un diario de
circulacion nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s catorce (14) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos noventidos,
aiio 1490 de la Independencia y 1300 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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