JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 293-93
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido la autopista Santiago-Puerto Plata, especialmente debido al interés turístico de las montañas y de la vegetación que la rodea;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se declara carretera turística la autopista construida por el Estado Dominicano entre la ciudad de Santiago de los Caballeros y la ciudad de Puerto Plata.
Artículo 2.- Queda prohibido el tránsito de vehículos pesados, tales como camiones, patanas, etc., por la carretera turística citada en el artículo primero del presente Decreto.
Artículo 3.- Se dispone la creación de un servicio militar o policial permanente en los sitios estratégicos adecuados para el fiel cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 4.- Envíese a las Secretarías de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, de las Fuerzas Armadas y a la Jefatura de la Policía Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona