jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 22-93

que establece cuales son 10s funcionarios publicos autorizados a realizar llamadas de larga distancia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 1993fecha
Designacióntipo
G. O. 9851Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 22-93 que establece cuales son 10s funcionarios publicos autorizados a realizar llamadas de larga distancia. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 22-93 CONSIDERANDO: Que las instituciones del Estado se rigen por un presupuesto anual el cual debe ser ejecutado en la mejor forma ajustada a la realidad CONSIDERANDO: Que el Estado Dominican0 esta inmerso en un programa estricto de controles de sus gastos internos; CONSIDERANDO: Que es imperiosamente necesario fijar controles a 10s funcionarios y empleados civiles y militares del Gobierno Central para utilizar el servicio de llamadas de larga distancia nacional e internacional, en virtud de ese interes de reducir el gasto publico; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T O : Articulo 1.- Solo estan autorizados a realizar llamadas de larga distancia nacionales o internacionales justificadas en razon de sus funciones, con cargo a 10s presupuestos de cada departamento de la Administracion Publica, 10s siguientes funcionarios: Secretarios y Subsecretarios de Estado Consultor y Subconsultor Juridic0 del Poder Ejecutivo Directores Generales Jefes y Subjefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. Parraf0.- Las oficinas gubernamentales remitiran a las empresas de telefonos que les sirvan, un listado de 10s numeros telefonicos que tendrin acceso a1 servicio de larga distancia nacional e internacional, para su debido control. Articulo 2.- Los empleados, funcionarios civiles y militares que realicen llamadas de larga distancia no justificadas en funcion del desempeiio de sus labores, serin responsables del pago de las mismas. Articulo 3.- Se autoriza a las empresas telefonicas que ofrecen servicios de llamadas nacionales e internacionales a suspender 10s servicios telefonicos que no Sean pagados dentro de 10s plazos establecidos por dichas empresas. Articulo 4.- El Director de la Oficina Nacional de Presupuesto queda encargado de velar por la ejecucion del presente Decreto e informar mensualmente a1 Presidente de la Republica sobre el cumplimiento del mismo. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de enero del aiio mil novecientos noventa y tres, aiio 1490 de la Independencia y 1300 de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona