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Decreto

Decreto 193-92

que crea e integra la Comisión Dominicana encargada de programar los actos que habrán de celebrarse con motivo de cumplirse cien años de la primera visita al país del Apóstol de la independencia cubana, José Martí

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 jun de 1992fecha
Designacióntipo
G. O. 9838Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 193-92 que crea e integra la Comisión Dominicana encargada de programar los actos que habrán de celebrarse con motivo de cumplirse cien años de la primera visita al país del Apóstol de la independencia cubana, José Martí. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 193-92 CONSIDERANDO: Que el próximo 10 de septiembre de 1992 se cumplirán cien años de la primera visita a la República Dominicana del Apóstol de la independencia cubana, José Martí; CONSIDERANDO: Que dada la significación histórica que para ambos países tiene dicha efemérides, resulta conveniente y oportuno designar una Comisión que se encargue de programar, organizar y coordinar los actos que habrán de celebrarse con tal motivo; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se crea la Comisión Dominicana para el Centenario de la llegada de José Martí al país, la cual estará integrada de la siguiente manera: Monseñor Roque Adames Rodríguez, Obispo Emérito de Santiago, Presidente del Patronato de la Plaza de la Cultura Santiago Apóstol, quien la presidirá; Lic. Jacqueline Malagón Luna, Secretaria de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos; Arq. Eugenio Pérez Montás, Vice-Presidente de la Comisión Permanente para la Celebración del V Centenario del Descubrimiento y Evangelización de América; Dr. Julio Genaro Campillo Pérez, Miembro de la Academia Dominicana de la Historia; y Dr. Juan Enrique Kunhart, Gobernador Civil de la Provincia de Montecristy, miembros. Artículo 2.- Dicha Comisión deberá programar y coordinar la participación dominicana en los actos a celebrarse en tan memorable ocasión. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y dos; año 148º de la Independencia y 129º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona