Texto de la norma
Dec. No. 316-91 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones
cooperativas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 316-91
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de
1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones cooperativas:
1 .- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "La Filantropica", que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada en fecha 12 de abril de 1991.
2.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "Miledys", que tiene su
domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 19 de abril de 1991.
3.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "Boca Chica", que tiene
su domicilio en Boca Chica, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 13 de agosto de 1989.
4.- Cooperativa de Choferes Jose Fernandez (COOCHOJOFE), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 21 de julio de 1990.
5.- Cooperativa de Ahorro y Credit0 Padre de las Casas, que tiene su
domicilio en el Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el 7 de octubre de 1990.
6.- Cooperativa de Ahorros y Creditos "Anacaona", que tiene su domicilio
en el Distrito Municipal Juan de Herrera, Provincia San Juan de la Maguana, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de octubre de 1990.
7.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "La Estrella", que tiene
su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 21 de junio de 1989.
8.- Cooperativa Agropecuaria Monte Plata "COPE MONTE PLATA", que
tiene su domicilio en Monte Plata, Municipio y Provincia del mismo nombre, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de febrero de 1990.
9.- Cooperativa de Servicios Multiples "Admiradora", que tiene su domicilio
en Santiago de 10s Caballeros, Provincia Santiago, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 27 de enero de 1990.
10.- Cooperativa Nacional de Conductores de Vehiculos Livianos La
Unitaria, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de agosto de 1989.
11.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "La Cristiana", que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 9 de diciembre de 1990.
12.-
Cooperativa
Provincial
de
Choferes
Independientes
(COOPROCHOIN), que tiene su domicilio en Santiago de 10s Caballeros, Provincia de
Santiago, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de mayo de
1990.
13.- Cooperativa de Servicios Multiples de la Iglesia Evangelica
(COOPIEVA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 29 de septiembre de 1989.
14.- Cooperativa de Choferes del Transporte y Servicios Multiples "La
Milagrosa", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de agosto de 1989.
15.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "Nuevo Amanecer"
(COTRANUAMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el lro. de junio de 1989.
16.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "La Gigante", que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 21 de abril de 1991.
17.- Cooperativa de Servicios Multiples de 10s Empleados de las Empresas
Bon (COOPEBON), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 de diciembre de 1990.
18.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "Nueva Imagen", que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 31 de marzo de 1991.
19.- Cooperativa de Servicios Multiples de la Federacion Nacional de
Comerciantes Detallistas, Inc. (FENACODEP), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 3 1 de mayo
de 1991.
20.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "La Margarita"
(COOPTRAMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21 de abril de 1991.
21.- Cooperativa de Servicios Multiples "San Jose de Calasanz", que tiene
su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 3 de julio de 1989.
22.- Cooperativa de Servicios Multiples "Avanzada Profesional", que tiene
su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 9 de septiembre de 1989.
Articulo 2.- Dichas asociaciones cooperativas gozaran de personalidad
juridica y de 10s beneficios que le acuerda la ley desde la vigencia del presente Decreto.
Articulo 3.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credit0 Cooperativo
(IDECOOP), para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa y uno; aiio 1480 de la Independencia y 1290 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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