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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 299-91

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A CAMBIAR SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 1991fecha
Otrostipo
G. O. 9814Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 299-91 que autoriza a varias personas a cambiar sus nombres. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 299-91 CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal sentido por 10s interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS 10s articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- El seiior Fidias Antonio Betances, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Elpidio Antonio Betances. Articulo 2.- La seiiora Zenona Altagracia Minaya Espinal, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Genoveva Altagracia Minaya Espinal. Articulo 3.- la seiiora Arcadia Gomez Herrera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Elizabeth Gomez Herrera. Articulo 4.- La seiiora Felipina Del Carmen Luna Marmol, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Luna Marmol. Articulo 5.- La seiiora Maria Altagracia Belliard Peiia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Esmeritina Belliard Peiia. Articulo 6.- El seiior Barbarin Beltran Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Bernardino Beltran Rosario. Articulo 7.- La seiiora Felix Marmolejo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Maria Felix Marmolejos. Articulo 8.- La seiiora Crucita Abreu Comas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Socorro Abreu Comas. Articulo 9.- La seiiora Andrea Nuiiez Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lila Nuiiez Santana. Articulo 10.- El seiior Nemesio Hiraldo Rodriguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Enemencio Hiraldo Rodriguez. Articulo 11.- La seiiora Porfiria Elisa Iluminada Corona, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Iluminada Corona. Articulo 12.- La seiiora Francisca Cedano Guerrero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Genoveva Cedano Guerrero. Articulo 13.- La seiiora Angela Hernandez Hernandez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Reina Hernandez Hernindez. Articulo 14.- La seiiora Felipa Eneris Altagracia Cardenas Marcelino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nery Altagracia Cardenas Marcelino. Articulo 15.- La seiiora Ocadia Molina Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Leocadia Molina Matos. Articulo 16.- La seiiora Freddy Mejia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Flerida Mejia. Articulo 17.- La seiiora Eleodora Perez Jimenez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Thelma Perez Jimenez. Articulo 18.- La seiiora Martina Berroa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Agripina Berroa. Articulo 19.- El seiior Pedro De Jesus Diaz De Jesus, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Diaz De Jesus. Articulo 20.- La seiiora Madelina Aimee Noriega Alemany, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Adelina Amada Noriega Alemany. Articulo 21.- Enviese a la Junta Central Electoral para 10s fines correspondientes. Articulo 22.- El Presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un diario de circulacion nacional. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y uno, aiio 148O de la Independencia y 128O de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona