Texto de la norma
Dec. No. 263-91 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 263-91
VISTA la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones:
1) Fundacion Amantes de la cultura, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5
de abril de 1991.
2) Consejo Nacional para la Higiene y Conservacion Ambiental
(CONHINCA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de enero de 1991.
3) La Asociacion de Familia INVI-CEA 11, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 20
de enero de 199 1.
4) Camara Dominicana de la pequeiia y Mediana Empresa, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 3 1 de enero de 1991.
5) Asociacion "Cabuyera" Desiderio Arias, Gurabo afuera, que tiene su
domicilio en el Municipio de Mao, prov. Valverde, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 2 de abril de 1991.
6) Fundacion de Desarrollo Loma y Salud (FUNDELOSA), que tiene su
domicilio en Santiago de 10s Caballeros, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada el 10 de febrero de 1991.
7) Fundacion de Estudios Economicos y Sociales, que tiene su domicilio en
Santo Domingo Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
el 29 de noviembre de 1990.
8) Asociacion "patronato Pro-Ayuda" Bomberos de Dajabon, que tiene su
domicilio en el Municipio de Dajabon, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada el 29 de septiembre de 1990.
9) Asociacion "Centro Cristiano de Asesoramiento Familiar, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 16 de abril de 1991.
10) Fundacion para el Manejo sostenible de 10s Recursos Naturales, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 15 de enero de 1991.
11) Asociacion Colegio Interamericano, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 17
de abril de 1991.
12) Fundacion Siglo XXI, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 4 de abril de
1991.
13) Fundacion Arte Dominican0 Hoy, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16
de marzo de 1991.
14) Proyecto Pro-Desarrollo Social Economico y Comunitario de Santo
Domingo (PRODESCO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional,
cuyos estatutos fueron aprobado en asamblea celebrada el 26 de octubre de 1987.
15) Asociacion Popular Islamica de Jesus Muhamad, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada el 7 de mayo de 1991.
16) Asociacion de Dulceros Caramelos y Bolas (DULCABO SEIYOR), que
tiene su domicilio en la provincia Santa Cruz del Seibo, cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 21 de diciembre de 1990.
17) Fundacion 4-40, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito
Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 19 de abril de 1991.
18) Fundacion Luz del Diccionario, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 25
de febrero de 1990.
19) Fundacion Escuela para padres, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11
de enero de 199 1.
20) Club Social Cotui, que tiene su domicilio en el Municipio de Cotui,
Provincia Sanchez Ramirez, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10
de enero de 199 1.
21) Club de Leones Santo Domingo, Francisco del Rosario Sanchez, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 7 de diciembre de 1990.
22) Iglesia Evangelica Pentecostal Vida Nueva en Cristo, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 14 de enero de 1991.
23) Asociacion de Restaurantes y Negocios Turisticos de Puerto Plata, que
tiene su domicilio en Puerto Plata, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
el 12 de enero de 1991.
24) Fundacion de Los Sagrados Corazones, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21
de enero de 199 1.
25) Fundacion para la Forestacion y la Ecologia Hijos de Santo Domingo,
que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el 23 de enero de 1991.
26) Fundacion para el Desarrollo Socio-economico de la zona del Lago
Enrriquillo (FUNDELAGO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de diciembre de 1990.
27) Iglesia Evangelica Pentecostal "El Camino", que tiene su domicilio en
Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
el 12 de enero de 1991.
Articulo 3.- Se modifica el Acapite 38 del Decreto No.224-91 de fecha 10 de
junio de 1991, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
"38) Fundacion Habitad para la Humanidad, que tiene su domicilio en el
Municipio de Barahona, Provincia del mismo nombre, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 11 de septiembre de 1990.
Articulo 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de julio del aiio mil novecientos
noventa y uno; aiio 148O de la Independencia y 128O de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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