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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 215-91

que declara "Puerto Turistico", la ensenada de Luperon, ubicada en el Municipio de Luperon, Provincia de Puerto Plata

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 jun de 1991fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9809Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 215-91 que declara "Puerto Turistico", la ensenada de Luperon, ubicada en el Municipio de Luperon, Provincia de Puerto Plata. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 215-91 CONSIDERANDO: Que la ensenada de Luperhn ubicada en el Municipio del mismo nombre, Provincia de Puerto Plata, posee caracteristicas pecualiares de puerto natural, que en la actualidad esta siendo visitada por extranjeros de diferentes nacionalidades que arriban en pequeiias embarcaciones como yates, veleros, etc., atraidos por 10s encantos que ofrece el paisaje de esa importante area del litoral Norte; CONSIDERANDO: Que es politica del Gobierno Nacional aprovechar eficientemente en beneficio del desarrollo turistico todos 10s recursos naturales del pais. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se declara "Puerto Turistico" la ensenada de Luperhn, ubicada en el Municipio del mismo nombre, provincia de Puerto Plata. Articulo 2.- Las Secretarias de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones y de Turismo, la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra, las Direcciones Generales de Migracihn, Aduanas y Rentas Internas, realizaran 10s estudios pertinentes y coordinaran las acciones de lugar para la adecuada implementacihn del presente decreto, especialmente en lo que concierne a la construccihn de 10s locales adecuados para alojar las oficinas necesarias para la operacihn de dicho puerto. Articulo 3.- Enviese a las dependencias gubernamentales seiialadas en el articulo anterior para su debido cumplimiento. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de Junio del aiio mil novecientos noventa y uno, aiio 148 de la Independencia y 128 de la Restauracihn. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona