Texto de la norma
Dec. No. 135-91 que autoriza la impresion de sellos para documentos.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 135-91
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se autoriza la siguiente impresion de sellos para documentos:
5,000,000
(CINCO MILLONES) de sellos del tipo de RD$1.00,
numerados del 001 a1 5000000, color verde claro, en
papel especial engomado, con fibras de seda, en azul
y rojo, de 50 libras.
3,000,000
(TRES MILLONES) de sellos del tipo de RD$4.00,
numerados del 001 a1 3000000, color rojo, en papel
especial engomado, con fibras de seda en azul y rojo,
de 50 libras.
2,000,000
(DOS MILLONES) de sellos del tipo de RD$5.00,
numerados del 001 a1 2000000, color verde oscuro, en
papel especial engomado, con fibras de seda en azul y
rojo, de 50 libras.
Articulo 2.- La impresion de estos sellos se hara con el mismo tamaiio y
diseiio de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de marzo del aiio mil
novecientos noventa y uno; aiio 148O de la Independencia y 128O de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
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