que autoriza a las Fuenas Armadas y a la Policia Nacional, a otorgar las facilidades necesarias a las personas fisicas y morales que deseen transportar efectos de un lugar a otro y retirar o depositar sus mercancias en las aduanas y puertos del pais, haciendo us0 de vehiculos de su propiedad o de particulares
Dec. No. 104-91 que autoriza a las Fuenas Armadas y a la Policia Nacional, a otorgar
las facilidades necesarias a las personas fisicas y morales que deseen transportar
efectos de un lugar a otro y retirar o depositar sus mercancias en las aduanas y
puertos del pais, haciendo us0 de vehiculos de su propiedad o de particulares.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 104-91
CONSIDERANDO que el Gobierno Dominican0 ha recibido informes de
que algunas organizaciones de transporte de carga que operan en el territorio nacional y en
10s muelles y puertos del pais monopolizan las actividades de carga y descarga de
mercaderias, mediante tarifas excesivas que se traducen en aumentos de precios para 10s
consumidores;
CONSIDERANDO: Que tal forma de proceder constituye una violacihn a1
articulo 12 de la Constitucihn de la Republica que solo permite el establecimiento de
monopolios cuando es en provecho del Estado o de instituciones estatales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo Unico.- A partir de la fecha del presente Decreto, el Secretario de
Estado de las Fuerzas Armadas y el Jefe de la Policia Nacional quedan encargados de
otorgar todas las facilidades y proteccihn necesaria a las personas fisicas o morales que
deseen transportar efectos de un lugar a otro y retirar o depositar sus mercancias en las
aduanas y puertos del pais, haciendo us0 de vehiculos de su propiedad o de particulares, en
ejercicio de sus facultades constitucionales.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s catorce (14) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa y uno; aiio 148O de la Independencia y 128O de la Restauracihn.
Joaquin Balaguer
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona