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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 42-91

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A CAMBIAR SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 ene de 1991fecha
Otrostipo
G. O. 9800Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 42-91 que autoriza a varias personas a cambiar sus nombres. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 42-91 CONSIDERANDO que las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal sentido por 10s interesados; CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS 10s articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica D E C R E T O Articulo 1.- La seiiora Flora Del Rosario Ferrer, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Flor Maria Del Rosario Ferrer. Articulo 2.- La seiiora Petronila Carela, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lesly Miledys Carela. Articulo 3.- El seiior Juan Bautista Almonte Placido, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Almonte Placido. Articulo 4.- El seiior Eulalio Regalado, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Anthony Tirso Regalado. Articulo 5.- Los seiiores Agustin Almanzar y Victoria Virginia Leon quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Yafart Almanzar Leon, por el de Rafael Almanzar Leon. Articulo 6.- La seiiora Enonia Merejo Correa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Clara Enonia Merejo Correa. Articulo 7.- La seiiora Generosa Sanchez Suriel, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luisa Sanchez Suriel. Articulo 8.- La seiiora Dilia Maria Santos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lidia Maria Santos. Articulo 9.- El seiior Domingo Francisco Archibaldo Vasquez Henriquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Archibaldo Visquez Henriquez. Articulo 10.- El seiior Dionicio Valenzuela Bautista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leonida Valenzuela Bautista. Articulo 11.- El seiior Francisco Ramon Maria Rodriguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Francisco Rodriguez. Articulo 12.- La seiiora Bartola Peralta, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gina Peralta. Articulo 13.- El seiior Napoleon Arturo Hirujo Vasquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Arturo Napoleon Hirujo Vasquez. Articulo 14.- El seiior Jose Luis Rafael Payano Perez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jose Luis Kenton Payano Perez. Articulo 15.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines correspondientes. Articulo 16.- El presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un diario de circulacion nacional. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de enero del aiio mil novecientos noventiuno, aiio 1470 de la Independencia y 1280 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona