Texto de la norma
Dec. No. 533-90 que autoriza el cambio de nombres a varias personas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 533-90
CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte
dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica
D E C R E T 0:
Articulo 1.- La seiiora Placida Hernandez Cepeda, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Patria Hernandez Cepeda.
Articulo 2.- La seiiora Benita Sanchez Mateo, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ofelia Sanchez Mateo.
Articulo 3.- El seiior Jose Dionicio Fernandez Parache, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Jose Leonard0 Fernandez Parache.
Articulo 4.- El seiior Jose Francisco de Jesus Alvarez Conde, queda
autorizado a cambiar su nombre por el de Jose Frank Alvarez Conde.
Articulo 5.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes.
Articulo 6.- El presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un
diario de circulacion nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s treintiun (31) dias del mes de diciembre del aiio mil
novecientos noventa, aiio 147O de la Independencia y 128O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.