miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 505-90

que concede el beneficio de la incorporacion y aprueba modificaciones de estatutos a varias asociaciones

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 dic de 1990fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9797Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 505-90 que concede el beneficio de la incorporacion y aprueba modificaciones de estatutos a varias asociaciones. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 505-90 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes asociaciones: 1.- Espeleogrupo Santo Domingo, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 19 de febrero de 1986. 2.- Asociacion Dorninicana de Distribuidores de Vehiculos y Efectos para el Hogar, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 3 de julio de 1990. 3.- Asociacion de Productores de Arroz del Nordeste (ASOPANOR), que tiene su domicilio en Nagua, Provincia Maria Trinidad Sanchez y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de julio de 1990. 4.- Asociacion Circulo Euroamerica Intercontinental de Santo Domingo, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 20 de agosto de 1990. 5.- Iglesia de Dios Luz en el Camino, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de agosto de 1990. 6.- Iglesia Evangelica San Juan 14:l que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de septiembre de 1990. 7.- Asociacion Fe y Alegria, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11 de octubre de 1990. 8.- Fundacion Recursos del Futuro, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de junio de 1990. Articulo 2.- Quedan aprobadas las siguientes modificaciones de estatutos: a) Asociacion de Bancos de Desarrollo, Inc., que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de octubre de 1990. b) Mision Dorninicana del Norte de 10s Adventistas del Septimo Dia, Inc., mediante 10s cuales tambien se procedio a1 cambio de nombre por el de Asociacion Dorninicana del Norte de 10s Adventistas del Septimo Dia, que tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de agosto de 1990. c) Puerto Plata Tenis Club, Inc., que tiene su domicilio en Puerto Plata, Municipio y Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21 de septiembre de 1990. Articulo 3.- Dichas incorporaciones y modificaciones de estatutos seran efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectuen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre la Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Articulo 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s ocho (8) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa; aiio 1470 de la Independencia y 1280 de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona