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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 482-90

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 nov de 1990fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9796Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 482-90 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 482-90 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes asociaciones: 1.- Asociacion Confraternidad Cristiana del Norte (C.C.N.), que tiene su domicilio en Santiago, Municipio y Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 13 de septiembre de 1990. 2.- Fundacion Dominicana para la Promocion y la Accion Social, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de septiembre de 1990. 3.- Instituto Dominican0 de Investigacion en Educacion (INVESEDUC), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 de julio de 1990. 4.- Fundacion Rosa Julia de Leon (Majulita), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de octubre de 1990. 5.- Asociacion para el Desarrollo de Los Tomines, que tiene su domicilio en el Paraje Los Tomines, Seccion San Jose, Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodriguez y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de julio de 1989. 6.- Fundacion Amparo Infantil y Adolescencia, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 3 1 de mayo de 1990. 7.- Asociacion para el Desarrollo de Arroyo Caiia, que tiene su domicilio en Arroyo Caiia, Municipio de Guayubin, Provincia de Montecristi y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 7 de noviembre de 1989. 8.- Asociacion de Productores de Coco de Samana (APROSAN), que tiene su domicilio en Santa Barbara de Samana, Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de mayo de 1990. 9.- Fundacion Servicios Nutricionales (SENUTRI), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 20 de septiembre de 1990 10.- Asociacion Pro-Desarrollo y Bienestar de Respaldo Villa Carmen, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de agosto de 1990. 11.- Asociacion de Criadores de Cerdo de Conuco, que tiene su domicilio en Salcedo, Municipio y Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 29 de Julio de 1990. 12.- Asociacion Club de Vacaciones Encantadas, Villas Jazmin, Costambar, Puerto Plata, que tiene su domicilio en el Municipio y Provincia de Puerto Plata y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 6 de Julio de 1990. 13.- Mision Pentecostal Cristiana Dominican% que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 22 de septiembre de 1990. 14.- Club Recreativo y Cultural de la Superintendencia de Seguros, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de octubre de 1990. 15.- Ministerio Juvenil Fuente de Vida Eterna, que tiene su domicilio en Santiago, Municipio y Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de agosto de 1990. 16.- Caficultores Unidos del Sur (CAFESUR), que tiene su domicilio en Bani, Provincia Peravia y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 20 de octubre de 1990. 17.- Fundacion Cristiana del Campo (FCC), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de Julio de 1988. 18.- Fundacion Infantil para el Desarrollo Integral de la Familia (FIDEINFA), que tiene su domicilio en Santiago, Municipio y Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de septiembre de 1990. 19.- Asociacion Evangelistica Cristo Viene, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 19 de septiembre de 1990. 20.- Club Nacional de Soneros, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 6 de marzo de 1986 21.- Asociacion de Maeiios Ausentes, Residentes en [domicilio omitido], que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 23 de junio de 1990. 22.- Club San Carlos, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de febrero de 1990. Articulo 2.- Dichas incorporaciones seran efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectuen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario. Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa; aiio 1470 de la Independencia y 1280 de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona