miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 175-92

que encarga a la Secretaría de Estado de Trabajo de la edición y venta del nuevo Código de Trabajo durante, el año siguiente a su promulgación

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 may de 1992fecha
Designacióntipo
G. O. 9834Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 175-92 que encarga a la Secretaría de Estado de Trabajo de la edición y venta del nuevo Código de Trabajo durante, el año siguiente a su promulgación. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 175-92 CONSIDERANDO: Que el artículo 40 de la Ley No. 32-86 del 15 de julio de 1986, sobre derecho de autor, establece: "se permite la reproducción de la constitución política, las leyes, los decretos, ordenanzas y reglamentos debidamente actualizados, los convenios y demás actos administrativos y las decisiones judiciales, bajo la obligación de conformarse textualmente con la edición oficial, siempre y cuando no esté prohibido"; CONSIDERANDO: Que la Gaceta Oficial es de circulación limitada; CONSIDERANDO: Que es necesario asegurar que el nuevo Código de Trabajo sea conocido por empleadores y trabajadores, así como por las demás personas interesadas, y que su publicación sea una reproducción fiel de la edición oficial; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, D E C R E T O: Artículo 1.- La Secretaría de Estado de Trabajo tendrá a su cargo la edición y venta, del nuevo Código de Trabajo, durante el año siguiente a su promulgación, al precio que fijen sus autoridades. Artículo 2.- Se prohíbe a toda persona física o moral, pública o privada, a excepción de la Secretaría de Estado de Trabajo, editar el nuevo Código de Trabajo en el tiempo establecido precedentemente. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y dos; año 148° de la Independencia y 129° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER El suscrito: Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicación es oficial Dr. Pedro Romero Confesor Editora Cromos, S. A. Calle Cervantes No. 152, Gazcue Teléfono 682-2455 / 682-6102 Santo Domingo, D. N., República Dominicana

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona