Dec. No. 118-92 que prohibe la venta y us0 de la ropa color verde olivo y el chamaco
tip0 militar, a las personas de la clase civil.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 118-92
CONSIDERANDO: Que esporadicamente ocurren hechos delictuosos en que 10s
protagonistas aparecen vistiendo uniformes militares y policiales;
CONSIDERANDO: Que para evitar 10s casos a que se alude, conviene disponer la
prohibicion de la comercializacion y us0 de dichos articulos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de
la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se prohibe la venta y el us0 de la ropa color verde-olivo y el chamaco
de tip0 militar, a las personas de clase civil.
Articulo 2.- Las Secretarias de Estado de las Fuerzas Armadas y de Interior y
Policia, quedan encargadas de dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto.
Articulo 3.- La presente disposicihn deroga y sustituye el Decreto No. 586 del 12 de
noviembre de 1966.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s quince (15) dias del mes de abril del aiio mil novecientos
noventa y dos; aiio 149O de la Independencia y 129O de la Restauracihn.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona