Texto de la norma
Dec. No. 47-92 que autoriza a varias personas a cambiar sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 47-92
CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República
DECRETO:
Artículo 1.- El señor Miguel Oclide Díaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Miguel Euclides Díaz.
Artículo 2.- El señor Judiniano Balmes Figuereo Susana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Judy Balmes Figuereo Susana.
Artículo 3.- La señora Eliodora Germán Bello, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lidia Germán Bello.
Artículo 4.- La señora Rosa Emilia Capellán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Rosa Capellán.
Artículo 5.- La señora Felícita Nuñez Castillo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mirian Felícita Nuñez Castillo.
Artículo 6.- El señor Gertrudys Beltré Cuevas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Kelvin Manuel Beltré Cuevas.
Artículo 7.- La señora Nicomedes Altagracia Cáceres Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nicole Altagracia Cáceres Matos.
Artículo 8.- La señora Alina Eusebia Del Carmen Paulino Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Alina Paulino Gómez.
Artículo 9.- La señora Ramona Valentina Marte Mena, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Ramona Marte Mena.
Artículo 10.- La señora Ynés Santos Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ignacia Santos Martínez.
Artículo 11.- El señor Freddy Pou Peralta y la señora Zoraida Ureña Almonte, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor de edad, Patty Pou Ureña, por el de Patricia Pou Ureña.
Artículo 12.- El señor Freddy Pou Peralta y la señora Zoraida Ureña Almonte, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor edad, Betty Pou Ureña, por el de Beatriz Pou Ureña.
Artículo 13.- Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
Artículo 14.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y dos, año 148º de la Independencia y 128º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.