Texto de la norma
Dec. No. 5-92 que autoriza a varias personas a cambiar sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 5-92
CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos de cambios de nombres establecidos por la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de Julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de Julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- La señora Martina Australia Disla Gómez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Octavia Martína Disla Gómez.
Artículo 2.- La señora Eduarda Cruz Placencia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mildred Estefanía Cruz Placencia.
Artículo 3.- La señora Cristobalina Baldera Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Alida Baldera Sánchez.
Artículo 4.- El señor Zorba Ernesto Suncar Jiménez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ernesto Suncar Jiménez.
Artículo 5.- El señor Ramón Antonio Cabrera Frómeta, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ramón Cabrera Frómeta.
Artículo 6.- El señor Roselio del Carmen Rodríguez Marte, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Roselio Rodríguez Marte.
Artículo 7.- La señora Maria De los Angeles Checo Santana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Orquidea Checo Santana.
Artículo 8.- El señor Pancracio Melvin A. Mañón Rossi, queda autorizado a cambiar el nombre de su hijo menor de edad Melvin José Mañón Mota, por el de Jonattan Mañón Mota.
Artículo 9.- El señor Ramón Albin Ulises Toribio Taveras, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Albin Ulises Toribio Taveras.
Artículo 10.- La señora Aurelisa Lagrange Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Aura Elisa Lagrange Sánchez.
Artículo 11.- La señora Juana Evarista Gómez Fabián, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Evangelista Gómez Fabián.
Artículo 12.- La señora Berky Cándida Ramona Peña Mena, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Belkys Peña Mena.
Artículo 13.- La señora Trinidad Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Trinidad Zunilda Rodríguez.
Artículo 14.- El señor Pedro Secundino Esteban Gómez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Esteban Gómez.
Artículo 15.- La señora Mónica Antonia Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mónica Alcántara.
Artículo 16.- El señor Felipito Cuevas Feliz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Felipe Ahmer Cuevas Feliz.
Artículo 17.- El señor Alquilio Pacheco, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Aquilino Pacheco.
Artículo 18.- Se Modifica el artículo 18 del Decreto No.398-91, de fecha 20 de octubre de 1991, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
"Artículo 18.- La señora Ramona de la Cruz Abréu de La Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ramona Abréu de La Cruz."
Artículo 19.- Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
Artículo 20.- El Presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y dos; año 148º de la Independencia y 128º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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