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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 245-94

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1994fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9893Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 245-94 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones cooperativas. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 245-94 VISTA la Ley No. 127 sobre Asociaciones Cooperativas del 27 de enero de 1964, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes asociaciones cooperativas: 1.- COOPERATIVA DE TRANSPORTE "LA SOLUCION", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de mayo de 1992. 2.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DEL SINDICATO DE CAMIONEROS DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, que tiene su domicilio en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de julio de 1989. 3.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "LOS CACAOS EN MARCHA", que tiene su domicilio en el Paraje Los Cacaos, provincia de Puerto Plata, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de enero de 1991 4.- COOPERATIVA COMERCIALIZADORA DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 de febrero de 1993. 5.- COOPERATIVA AGROPECUARIA Y DE SERVICIOS MULTIPLES DE PRODUCTORES DE LECHE, (COOAPROLECHE) que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de noviembre de 1992. 6.- COOPERATIVA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES "FABIO MORILLO", (COOTRAFAN) que tiene su domicilio en el municipio de Cotui, provincia Sanchez Ramirez, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 9 de septiembre de 1990. 7.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DE PRODUCTORES BANANEROS, (COOPBANA) que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de mayo de 1993. 8.- COOPERATIVA DE PRODUCCION DE GRANOS, SEMILLAS Y SERVICIOS MULTIPLES "EL CAMPITO", que tiene su domicilio en el Distrito Municipal de Juan de Herrera, provincia de San Juan, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de enero de 1990. 9.- COOPERATIVA DE VIVIENDA "MONSEROR NOUEL" (COOVIVIENDA), que tiene su domicilio en Loma de La Peguera, Seccion de Rancho Nuevo, municipio de Bonao, provincia Monseiior Nouel, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de octubre de 1993. Articulo 2.- Dichas asociaciones cooperativas gozaran de personalidad juridica y de 10s beneficios que les acuerda la Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964, y sus Reglamentos, desde la vigencia del presente Decreto. Articulo 3.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credit0 Cooperativo (IDECOOP) para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s seis (6) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y cuatro; aiio 15 1 de la Independencia y 13 1 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona