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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 341-93

QUE CONCEDE EL INDULTO A VARIOS CONDENADOS POR LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 1993fecha
Indultotipo
G. O. 9873Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.341-93 que concede el indulto a varios condenados por 10s tribunales de la Republica. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 341-93 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Inciso 27 del Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, de conceder indulto, total o parcial, puro y simple o condicional, 10s dias 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada aiio; D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de sus respectivas penas pendientes de cumplir con efectividad el 23 de diciembre de 1993, a 10s siguientes condenados por 10s tribunales de la Republica: PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: Jose Luis Batista Valdez, Amado Nelson Cuello, Andres Martinez Montero, Gerald0 Mateo Cruz, Pedro Antonio Medina Gomez, Leone1 Polanco Espinal, Santo Eugenio Rivera Rivera, Jose Rodriguez del Villar, Jesus Alt. Rosario Reynoso, Rafael Sinchez Gonzales, Michel Segura Segura, Antonio Soto Sinchez, Jose Payero Luna, Ramon Antonio Lopez Peguero, Rafael Frias Alvarez, Antonio de Jesus Alvarez y Miguel Hernandez Almonte. CARCEL PUBLICA NAJAYO ARRIBA SAN CRISTOBAL: Tania Ferreras Sanchez, Luis Rafael Garcia Romero, Henry Pineda, Nelson Sandoval Restituyo, Franklin Soto Romero, Domingo Antonio Valdez Tavarez, Gregorio Fernandez Feliz y Francisco Morel Prado. CARCEL PUBLICA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA: Miguel Hernandez de la Cruz, Martires Montero Reyes, Manolo Diaz Bocio, Cesar Vicioso, Felix Manuel Montero Minaya y Eudy Alcantara. CARCEL PUBLICA DE SAN CRISTOBAL: Domingo Agramonte Vidal, Ramon Ramos Sabino y Basilio Pozo Isabel CARCEL MODEL0 DE MONTE PLATA: Victor Novas Heredia, Milton Bonilla Bautista, Jose Ramon Lopez Perez y Pablo Alexis Mendoza Marte. CARCEL PUBLICA DE NAGUA: Tomas Martinez Pimentel y Mario Manuel Rojas Mercado. CARCEL PUBLICA DE LA VEGA: Rafael Arcadio Abreu Rodriguez, Eddy Suriel Mata y Francisco Abreu Bo n i 11 a. CARCEL PUBLICA DE PUERTO PLATA: Pablo Almonte y Reynaldo Pascual Cambero. CARCEL PUBLICA DE JIMANI: Jose de 10s Santos Novas Jimenez y Virgilio Cuevas CARCEL PUBLICA DE LA ROMANA: Florentino Perez Ramos. CARCEL PUBLICA DE AZUA: Andres Alcantara de la Rosa, Marcelino Arnaut Valdez y Rafael Navarro CARCEL PUBLICA DE BARAHONA: Pedro Bolivar Ferreras. CARCEL PUBLICA DE SAN PEDRO DE MACORIS: Amauris Nuiiez Espiritusanto Articulo 2.- Los beneficiarios del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento del tiempo de sus penas, a juicio del Procurador General de la Republica, cometan actos de mala conducta, demostrando asi que no son merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingresarin de nuevo a 10s establecimientos penitenciarios correspondientes, por una orden de dicho funcionario, donde permanecerin hasta cumplir sus penas, reputandose que no han sido indultados. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa y tres; aiio 150 de la Independencia y 131 de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona