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Decreto

Decreto 305-93

que autoriza al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Honduras, a suscribir en nombre del Estado Dominicano, el Acuerdo entre nuestro país y el Gobierno de Honduras, para la creación del Consejo Dominico-Hondureño para el Comercio y la Inversión, Acuerdo Marco

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 nov de 1993fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9870Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de Honduras (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No.305-93 que autoriza al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Honduras, a suscribir en nombre del Estado Dominicano, el Acuerdo entre nuestro país y el Gobierno de Honduras, para la creación del Consejo Dominico-Hondureño para el Comercio y la Inversión, Acuerdo Marco. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 305-93 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo Unico.- El Doctor Pablo Guidicelli Velásquez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en Honduras, queda autorizado a suscribir, en nombre del Estado Dominicano, el Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Honduras, para la creación del Consejo Dominico-Hondureño para el Comercio y la Inversión, Acuerdo Marco. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona