Dec. No.264-93 que dispone compensar a 10s productores de arroz que destinen sus
excedentes a la exportacion de ese cereal.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 264-93
CONSIDERANDO 10s excedentes que se han generado en la produccihn arrocera
como consecuencia de la politica agricola del Gobierno.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de
la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se dispone compensar a 10s productores de arroz que destinen sus
excedentes a la exportacion de ese cereal.
Articulo 2.- Para la compensacion a que se refiere el Articulo 1 del presente
Decreto, es necesario que esta se produzca de acuerdo a 10s precios internacionales
relacionados con el mercado interno.
Articulo 3.- La Comision Nacional Arrocera establecida mediante Decreto, queda
encargada de someter a1 Poder Ejecutivo las normas y reglamentaciones para el pago de las
compensaciones dispuestas por el presente Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de octubre del aiio mil novecientos noventa y tres;
aiio 150 de la Independencia y 13 1 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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