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Decreto

Decreto 154-94

que declara de utilidad publica e inter& social la adquisicion por el Estado Dominicano de una porcion de terreno en el municipio de Constanza, para destinarla a un comedor economico, la construccion de una escuela y un estadio deportivo en dicho municipio

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 may de 1994fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9885Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 154-94 que declara de utilidad publica e inter& social la adquisicion por el Estado Dominicano de una porcion de terreno en el municipio de Constanza, para destinarla a un comedor economico, la construccion de una escuela y un estadio deportivo en dicho municipio. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 154-94 VISTA: La Ley No.341 del 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiacion; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se declara de utilidad publica e interes social la adquisicion por el Estado Dominicano de 125.41 tareas de tierra dentro de la Parcela No. 656 del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Constanza, Provincia de la Vega, para destinarla a1 comedor economico, la construccion de una escuela y un estadio deportivo. Articulo 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble antes indicado para su adquisicion de grado a grado por el Estado Dominicano, la Administracion General de Bienes Nacionales realizara todos 10s actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiacion del mismo. Articulo 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesion inmediata del inmueble indicado, a fin de iniciar 10s trabajos ya mencionados, a1 tenor de la Ley No. 344 del 29 de julio de 1943, modificada por la Ley 471 del 2 de noviembre de 1964. Articulo 4.- Enviese a la adrninistracion General de Bienes Nacionales y a1 Abogado del Estado para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos noventa y cuatro, aiio 15 1 de la Independencia y 13 1 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona