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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 128-93

que crea e integra el Consejo de Administracion del Laboratorio Veterinario Central de la Secretaria de Estado de Agricultura

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 may de 1993fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9858Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.128-93 que crea e integra el Consejo de Administracion del Laboratorio Veterinario Central de la Secretaria de Estado de Agricultura. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 128-93 CONSIDERANDO: Que para un mejor aprovechamiento y ordenamiento de 10s recursos disponibles y potenciales del Laboratorio Veterinario Central se hace necesario establecer una entidad superior de direccion que responda con eficiencia 10s objetivos de su creacion; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se crea el Consejo de Administracion del Laboratorio Veterinario Central de la Secretaria de Estado de Agricultura, el cual queda integrado de la manera siguiente: - El Secretario de Estado de Agricultura, quien lo presidira; - El Director General de Ganaderia, Secretario Ejecutivo del Consejo y un representante de las siguientes instituciones como miembro: - Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social; - Patronato Nacional de Ganaderos; - Mataderos de Exportacihn; - Direccihn General de Salud, Direccihn General del Laboratorio Nacional de la Secretaria de Estado de Salud Publica; - Director del Departamento de Sanidad Animal de la Direccihn General de Ganaderia: - Asociacihn de Fabricantes e Importadores de Productos Veterinarios; - Sectores Avicolas y Porcino y Laboratorio Veterinario Central, quien tendra voz, per0 no voto. Articulo 2.- Este Consejo de Administracihn en un plazo no mayor de 60 dias, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto debera elaborar y someter a la consideracihn y aprobacihn del Poder Ejecutivo, un reglamento interno que normara sus actividades. Articulo 3.- La Secretaria de Estado de Agricultura quedara responsabilizada del cumplimiento del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos noventa y tres; aiio 150 de la Independencia y 130 de la Restauracihn. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona