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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 118-93

que nombra a las licenciadas Aida Joselyn Núñez de Grullón y Carmen Sofía Bencosme de Sadhalá, Representantes del Ministerio Público ante las Cámaras Penales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, y ante los Juzgados de Paz de los Municipios de Santiago, respectivamente, para asuntos referentes a las infracciones al Código de Trabajo y demás leyes y normas que regulen el trabajo asalariado

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 abr de 1993fecha
Designacióntipo
G. O. 9857Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Aida Joselyn Núñez de GrullónDesignaciónRepresentanteMinisterio Público ante las Cámaras Penales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en los asuntos referentes a las infracciones al…
Carmen Sofía Bencosme de SadhaláDesignaciónRepresentanteMinisterio Público ante los Juzgados de Paz de los Municipios de Santiago, en los asuntos referentes a las infracciones al Código de Trabajo y demás leyes y…

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Aida Joselyn Núñez de Grullón · Representante · Ministerio Público ante las Cámaras Penales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en los…

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 may de 1993. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

  • Carmen Sofía Bencosme de Sadhalá · Representante · Ministerio Público ante los Juzgados de Paz de los Municipios de Santiago, en los asuntos referentes a las infracciones…

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 may de 1993. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 118-93 que nombra a las licenciadas Aida Joselyn Núñez de Grullón y Carmen Sofía Bencosme de Sadhalá, Representantes del Ministerio Público ante las Cámaras Penales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, y ante los Juzgados de Paz de los Municipios de Santiago, respectivamente, para asuntos referentes a las infracciones al Código de Trabajo y demás leyes y normas que regulen el trabajo asalariado. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 118-93 CONSIDERANDO: Que el Artículo 715 del Código de Trabajo, en su párrafo final dispuso que en el Distrito Nacional, y en el Distrito Judicial de Santiago, el Ministerio Público será ejercido por un abogado al servicio de la Secretaría de Estado de Trabajo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, D E C R E T O: Artículo 1.- La Lic. Aida Joselyn Núñez de Grullón, queda designada Representante del Ministerio Público ante las Cámaras Penales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en los asuntos referentes a las infracciones al Código de Trabajo y demás leyes y normas que regulen el trabajo asalariado. Artículo 2.- La Lic. Carmen Sofía Bencosme de Sadhalá, queda designada Representante del Ministerio Público ante los Juzgados de Paz de los Municipios de Santiago, en los asuntos referentes a las infracciones al Código de Trabajo y demás leyes y normas que regulen el trabajo asalariado. Artículo 3.- La Secretaría de Estado de Trabajo efectuará el pago del sueldo de estos funcionarios con cargo a los fondos que le han sido asignados en la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona