Texto de la norma
Dec. No. 39-93 que integra la Junta Aeronáutica Civil.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 39-93
VISTO el Artículo 10 de la Ley No. 505, de Aeronáutica Civil, de fecha 10 de noviembre de 1969;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- La Junta de Aeronáutica Civil, creada por la Ley No. 505, de fecha 10 de noviembre de 1969, queda integrada de la siguiente manera: El Director General de Aeronáutica Civil, quien la presidirá; el Director General de Corde; el Sub-Director General de Aeronáutica Civil; el Lic. José A. Taveras Jiménez, en sustitución del Sr. Luís Antonio Flores Mota, el señor Mario Peña, en sustitución del Dr. José Rafael Alvarez Sánchez; el Dr. José Luis Abraham; Un Representante de la Fuerza Aérea Dominicana; y el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, en sustitución del Dr. Emilio Gómez Buret.
Artículo 2.- El Administrador General de la Compañía Dominicana de Aviación (CDA), actuará como Secretario de dicha Junta, con voz pero sin voto, en las deliberaciones.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y tres; año 149º de la Independencia y 130º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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