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Decreto

Decreto 32-92

que encarga a1 Banco Agricola de la Republica Dominicana de la ejecucion del Proyecto Consorcio Cooperativo Arrocero El Pozo-Nagua, en representacion del Estado Dominicano

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 ene de 1992fecha
Designacióntipo
G. O. 9825Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 32-92 que encarga a1 Banco Agricola de la Republica Dominicana de la ejecucion del Proyecto Consorcio Cooperativo Arrocero El Pozo-Nagua, en representacion del Estado Dominicano. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 32-92 CONSIDERANDO: Que el Consorcio Cooperativo Arrocero El Pozo- Nagua, es un Proyecto Agricola que se desarrolla bajo 10s auspicios de 10s Gobiernos de Italia y de la Republica Dominicana, bajo la responsabilidad de la Oficina Nacional de Planificacion (ONAPLAN); CONSIDERANDO: Que el objetivo del citado proyecto consiste en elevar y estabilizar la renta del Campesino Productor de Arroz, e incrementar a1 mismo tiempo la produccion destinada a1 mercado nacional; CONSIDERANDO: Que con este Consorcio Cooperativo Arrocero se beneficiaran unas 3,500 familias campesinas, se crearian 500 nuevos empleos y servira de complemento a1 Proyecto "Aglipo", en el cual el Estado Dominicano invirtio cuantiosos recursos; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- El Banco Agricola de la Republica Dominicana queda encargado de la ejecucion del Proyecto Consorcio Cooperativo Arrocero El Pozo-Nagua, en representacion del Estado Dominicano. Articulo 2.- El Secretario Tecnico de la Presidencia, en su calidad de representante del Estado Dominicano ante el referido Acuerdo con el Gobierno de Italia, queda encargado de realizar todas las gestiones necesarias para transferir la responsabilidad ejecutora del aludido Proyecto a1 Banco Agricola, en un plazo no mayor de quince (15) dias. Articulo 3.- El Banco Agricola debera elaborar 10s Acuerdos Inter- institucionales necesarios, con el objeto de establecer las responsabilidades de las instituciones involucradas en el Proyecto; y a la vez, prevenir de un modo eficaz 10s comprornisos del Estado Dominicano con el Gobierno de Italia. Articulo 4.- Se crea un Comite de Coordinacion para el Seguimiento y Ejecucion del Proyecto, integrado de la manera siguiente: Administrador General del Banco Agricola, quien lo preside. Secretario de Estado de Agricultura, Miembro. Director Ejecutivo del Instituto de Recursos Hidraulicos, Miembro. Director General del Instituto Agrario Dominicano, Miembro. Presidente Administrador del IDECOOP, Miembro. Dos representantes de 10s Productores, Miembros. Director de la Oficina Nacional de Planificacion, Miembro. Un representante de Mediacoop, Miembro. Director Ejecutivo del Instituto de Estabilizacion de Precios, Miembro. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de enero del aiio mil novecientos noventa y dos; aiio 148O de la Independencia y 128O de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona