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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 318-91

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS Y EMPRESAS EXTRANJERAS A ADQUIRIR INMUEBLES EN EL PAIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 1991fecha
Otrostipo
G. O. 9815Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 318-91 que autoriza a varias personas y empresas extranjeras a adquirir inmuebles en el país. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 318-91 VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas detalladas en la parte dispositiva del presente Decreto; VISTO el Decreto No.2543, del 22 de mayo de 1945, sobre Adquisición de Inmuebles por Extranjeros y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza a las personas y empresas detalladas a continuación, para que en su calidad de extranjeros puedan hacer las inversiones y adquirir los inmuebles que se describen, por los precios que se consignan: a) Al señor Luis Kaissar Barakat, adquirir por el precio total de RD$248,758.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS), de la señora Olga Visek, una porción de terreno con área de 1,495 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.1217 del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Los Llanos, Provincia San Pedro de Macorís. b) A la IHG Industrie-Handelsges, MHB, adquirir por el precio total de RD$4,500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS), del señor Juan Antonio Perrota Miralgia, el Solar No.14 Reformado y sus mejoras, consistentes en una casa de concreto y bloques, techada de concreto, de una planta, de la manzana No.133, del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 2,315.14 metros cuadrados. c) Al señor Arthur Joab Samuel Davis, adquirir por el precio total de RD$178,729;00 (CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE PESOS), de las señeras María del Carmen Castillo de Sosa, María Juana L. Castillo de Arvelo, Maria A. Castillo de Rodriguez, una porción de terreno con un área de 3,412 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.49 del Distrito Catastral No.21 de la Provincia de San Cristóbal. d) Al señor Egon Adolf Laumen, adquirir por el precio total de RD$148,350.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS), de la señora Bienvenida Mejía Estrella, una porción de terreno con área de 5,890.00 metros cuadrados, ubicada dentro de la Parcela No.75-A-52 del Distrito Catastral No.8, Municipio y Provincia de San Cristóbal. e) A la Compañía Tacana, S.A., adquirir por el precio total de RD$52,059.00 (CINCUENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS), del señor Juan A. Molina P., una porción de terreno con un área de 56.28 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.28-D-2-A-Resto, del Distrito Catastral No.3 del Distrito Nacional. f) De la Compañía Dominicana de Teléfonos, CxA (CODETEL), adquirir: 1) Del señor Elías Diosineris Then, representado por el señor Ricardo Guzmán Agramonte, por el precio total de RD$850,000.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS), una porción de terreno con área de 211.50 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.263 del Distrito Catastral No.8 del Municipio de Haina, Provincia de San Cristóbal. 2) De la Compañía Urbanizadora Santo Domingo, S.A., representada por su presidente el señor Juan René Beuchamps Javier, por el precio total de RD$2,403,172.80 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS CON 80/100), una porción de terreno de 3,337.74 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.53-D-1-Ref.-590, del Distrito Catastral No.6 de la Sección Mendoza, Distrito Nacional. 3) De los señores Ricardo Antonio Rodriguez e Iván R. Asencio T., por el precio total de RD$1,210,000.00 (UN MILLON DOSCIENTOS DIEZ MIL PESOS), una porción de terreno con área de 1,209.36 metros cuadrados, correspondiente al Solar No.5 de la Manzana No.857 del Distrito Catastral No.1 del Municipio y Provincia de Santiago. 4) Del Grupo Panamericano, S.A, representado por el señor Abraham Selman Hasbún, por el precio total de RD$5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS), una porción de terreno con área de 274.37 metros cuadrados y sus mejoras, correspondiente al Solar No.22 de la Manzana No.115 del Distrito Catastral No.1 del Municipio y Provincia de Santiago. 5) Del señor Juan Francisco Arturo Gómez Ramírez, por el precio total de RD$2,200,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS), una porción de terreno con área de 622.85 metros cuadrados, correspondiente al Solar No.4 de la manzana No.1285 del Distrito Catastral No.1 del Municipio y Provincia de Santiago. 6) De Industrias Fiestas, C. por A., representada por la señora Diana Minerva Vilchez E., por el precio total de RD$48,740.00 (CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA PESOS), una porción de terreno con área de 975.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.534-B del Distrito Catastral No.8 del Municipio y Provincia de Azua. 7) Del señor Francisco Elpidio Castillo Muñoz, representado por las señoras Teresa Pérez de Peralta y Gloria D. Estrada de Castillo, por el precio total de RD$2,150,000.00 (DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS), una porción de terreno con área de 1,152.08 metros cuadrados, correspondientes al Solar No.15 de la Manzana No.2411 del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional. 8) Del Grupo Panamericano, S.A., representado por el señor Abraham Selman Hasbún, por el precio total de RD$18,000,000.00 (DIECIOCHO MILLONES DE PESOS), una porción de terreno con área de 1,722 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.22-A-3-C, Manzana No. Porción "J" del Distrito Catastral No.1 del Municipio y Provincia de Santiago. Artículo 2.- Se autoriza a las siguientes entidades en su calidad de compañías extranjeras, a inscribir las siguientes hipotecas sobre los inmuebles que se detallan a continuación: a) A la Compañía Nederlandse Financierings Maatschappij Voor Ontwikkelingslanden N.V., inscribir una hipoteca en primer rango sobre la Parcela No.1-Ref.-9-Subd.-1, del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Puerto Plata, sección sosúa, lugar de Piedra Blanca, Provincia de Puerto Plata, ascendente a la suma de RD$70,388,888.00 (SETENTA MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS). b) A la Compañía DEG-Deutshe Investitions-Und Entwicklungsgesellschaft MBH, a inscribir una hipoteca en primer rango sobre la Parcela No.1-Ref.-9- Subd.-7, del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Puerto Plata, sección Sosúa, lugar de Piedra Blanca, Provincia de Puerto Plata, ascendente a la suma de RD$67,166,265.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS). c) A la Compañía LTI-Hotelbeteiligungs-Und Investitionsgesellschaft MBH, inscribir una hipoteca en primer rango sobre la Parcela No.1-Ref.-9-Subd.-1, del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Puerto Plata, sección sosúa, lugar de Piedra Blanca, Provincia de Puerto Plata, ascendente a la suma de RD$13,738,554.00 (TRECE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS). El inmueble antes descrito tiene un gravamen general de RD$151,293,707.00. d) A la Corporación Financiera Internacional (CFI), a inscribir sendas hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$16,000,000.00 (DIECISEIS MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), o su equivalencia en pesos dominicanos a la tasa de cambio oficial existente al momento de realizar la operación sobre los siguientes inmuebles: 1) Una porción de terreno con un área de 89,478.72 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.86 del Distrito Catastral No.11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia propiedad de MARMER, S.A. 2) Una porción de terreno con área de 15 hectáreas, 65 áreas, 72 centiáreas, 67 decímetros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.87-B-1 del Distrito Catastral No.11/4 del Municipio de Higüey Provincia La Altagracia, propiedad de MARMER, S.A. Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y uno; año 148° de la Independencia y 129° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona