Texto de la norma
Dec. No. 427-91 que crea e integra el Instituto de Alimentacion y Nutricion de la
Republica Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 427-91
CONSIDERANDO: Que es conveniente y necesario propiciar la realizacion
de un estudio nutricional adecuado para la poblacion que permita sentar la base esencial
para el desarrollo fisico y mental de 10s individuos.
CONSIDERANDO: Que la ausencia de normas que regulen las necesidades
alimentarias y nutricionales de la poblacion, se traducen en una carencia de formacion de
personal adecuado en 10s ambitos educativos, preventivos y clinicos.
VISTO 10s Articulos 153, 154 y 155 del Codigo de Salud Publica vigente
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se crea el Instituto Dominicano de Alimentacion y Nutricion de
la Republica Dorninicana, con sede en el edificio ubicado en la Avenida Independencia esq.
Avenida Abraham Lincoln, de esta Ciudad de Santo Domingo.
Articulo 2.-Sera una institucion autonoma, de caracter docente, investigativa
y asistencial en el area nutricional y alimentaria, sin fines de lucro, con financiamiento
multisectorial, tanto interno como extern0 y de duracion indefinida.
Articulo 3.- El Instituto estara dirigido por un Consejo Directivo, compuesto
por once (1 1) miembros, integrado de la siguiente manera: Dos (2) Representantes de la
Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS), incluido su titular
quien lo presidira; dos (2) Representantes del Club Rotario Mirador, dos (2) Miembros del
Patronato del Instituto Dominicano de Alimentacion y Nutricion (IDAN), dos (2)
Representantes del Sector Comercial Privado, un (1) Representante de la Secretaria de
Estado de Educacion, Bellas Artes y Cultos (SEEBAC), un (1) Representante de la
Secretaria de Estado de Agricultura (SEA), y un (1) Representante del Departamento de
Salud de la Universidad Autonoma de Santo Domingo (UASD).
En ausencia del Secretario de Estado de Salud Publica y Asistencia Social
(SESPAS) el Consejo sera presidido por el Subsecretario del ram0 escogido por el titular de
la cartera para tal proposito.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de noviembre del aiio mil
novecientos noventa y uno; aiio 1480 de la Independencia y 1290 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.