Texto de la norma
Dec. No. 406-91 que deroga el Decreto No. 197-91 del 15 de mayo de 1991.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 406-91
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 196-91, del 15 de mayo de 1991, se estableció el Reglamento de Despacho Aduanero para las Empresas de Couriers, que operan en el país.
CONSIDERANDO: Que al amparo del citado Reglamento se emitió el Decreto No. 197-91, del 15 de mayo del año en curso, autorizando a la firma Empresa de Centralización de Operaciones de Couriers y Carga, C. por A., (ECOCC), a realizar la centralización de la importación, exportación y tránsito de documentos y muestras comerciales transportadas al país por sistema de couriers por las diferentes empresas dedicadas a esa actividad.
CONSIDERANDO: Que la empresa beneficiaria de la autorización, al iniciar sus actividades ha tendido a ejercer un monopolio en perjuicio de las demás compañías de couriers establecidas en el país y en abierta contradicción a la política del gobierno y las leyes nacionales que garantizan la libre empresa.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se deroga el Decreto No. 197-91, del 15 de mayo de 1991, que autorizó a la sociedad comercial Empresa de Centralización de Operaciones de Couriers y Carga, C. por A., (ECOCC), a realizar la centralización en la importación, exportación y tránsito de documentos y muestras comerciales transportados bajo el sistema de couriers.
Artículo 2. La indicada empresa podrá sin embargo seguir realizando envíos expresos internacionales por vía aérea, sujetándose a las mismas normas y condiciones que rigen para las demás firmas dedicadas a esa actividad.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Dirección General de Aduanas, a la Junta de Aeronáutica Civil y al Director del Departamento Aeroportuario, para los fines correspondientes
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y uno; año 148º de la Independencia y 129º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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