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Texto de la norma
Artículo 5. -
la Dirección Nacional de Parques y
la Marina de Guerra,
quedan encargadas del fiel cumplimiento del presente decreto.
Artículo 6. -
Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas,
para los fines correspondientes.
DADO
en Santo
Domingo
de
Guzmán,
Distrito Nacional,
Capital
de
la
República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del
año mil novecientos ochenta y seisl año 1430
de la Independencia y 1240
de
la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1027-86-250 que nombra al licenciado Rufino Z. Herrera,
Asistente del Secretario de Estado sin Cartera.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1027-86-250
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la
Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo Unico.- El Lic. Rufino Z. Herrera, queda designado Asistente del
Secretario de Estado sin Cartera.
DADO
en Santo
Domingo
de
Guzmán,
Distrito Nacional,
Capital
de
la
República Dominicana, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil
novecientos' ochenta
y
seisl
año 1430
de la Independencia
y
de la
Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1028-86-251 aprueba la Resolución No. 384-86-RC, del
Directorio de Desarrollo Industrial.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1028-86-251
CONSIDERANDO: Que la empresa TERMOPAC INDUSTRIAL, C. POR A., ha formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, una solicitud para acogerse a los beneficios de la Ley No. 299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO: Que luego de realizarse los estudios pertinentes a dicha solicitud, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó la correspondiente resolución;
VISTA la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre Incentivo y Protección Industrial.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se aprueba la Resolución del Directorio de Desarrollo Industrial que se menciona a continuación:
Res. No. 384-86-RC, de fecha 23 de julio de 1986, mediante la cual se renueva por el término de ocho (8) años con efectividad a partir del 13 de junio de 1986, la clasificación otorgada a la empresa "TERMOPAC INDUSTRIAL, C. POR A"., en la categoría "C". Asimismo se le concede exoneración de un 90% de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas y materiales que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Industria y Comercio y de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1029-86-252 que nombra al Alférez de Fragata Abogado, M. de G., José Altagracia Castaño Vólquez, Juez Secretario del Consejo de Guerra de Primera Instancia de la Marina de Guerra.
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