Texto de la norma
Dec. No. 276-90 que autoriza a varias personas a cambiar sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 276-90
CONSIDERANDO que las personas cuyos nombres figuran en la parte
dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral, ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicihn a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica
D E C R E T O
Articulo 1.- La seiiora Eustaquia Villar Rodriguez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Eustacia Villar Rodriguez.
Articulo 2.- La seiiora Ylda Maria Antigua Gonzalez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Rosa Hilda Antigua Gonzalez.
Articulo 3.- El seiior Consercio Antonio Nuiiez Garcia, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Concepcihn Antonio Nuiiez Garcia.
Articulo 4.- La seiiora Juana Comita Gonzalez Romero, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Juana Alexandra Gonzalez Romero.
Articulo 5.- La seiiora Maria Mota Castillo, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Maria Francisca Mota Castillo.
Articulo 6.- La seiiora Dilenia del Carmen Rosario Tejada, queda autorizada
a cambiar el nombre de su hija menor Soche Milko Rosario por el de Wendy Rosario.
Articulo 7.- La seiiora Ramona Lorenza Pichardo, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Lorenza Pichardo.
Articulo 8.- El seiior Antonio Batista Muiioz, queda autorizado a cambiar el
nombre de su hija menor Andy Eskarlet Batista Angeles por el de Elizabeth Eskarlet
Batista Angeles.
Articulo 9.- El seiior Frederic Abramson, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Pedro Federico Abramson.
Articulo 10.- La seiiora Fabiana Martinez Guillen, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Cristina Fabiana Martinez Guillen.
Articulo 11.- La seiiora Justa Celia Montilla Areche, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Filomena Montilla Areche.
Articulo 12.- La seiiora Confesora De la Cruz Linares, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Josefina Confesora De la Cruz Linares.
Articulo 13.- El seiior Agapito Santana, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Jorge Santana.
Articulo 14.- La seiiora Juana Mercedes Acosta, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Socorro Francisca Mercedes Acosta.
Articulo 15.- La seiiora Maria Elena Romano Grullon, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Maria Magdalena Romano Grullon.
Articulo 16.- La seiiora Luisa Cano, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Pura Cano.
Articulo 17.- El seiior Dionisio Abreu Arredondo, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Adolfo Abreu Arredondo.
Articulo 18.- El seiior Neno Torres Frias, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Nelson Torres Frias.
Articulo 19.- El seiior Jose Lusia Santil Parra, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Jose Lucio Santil Parra.
Articulo 20.- El seiior Joan Manuel Scheker Ravelo, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de John Manuel Scheker Ravelo.
Articulo 21.- El seiior Isabel Hungria Acevedo Peiia, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Kennedy Acevedo Peiia.
Articulo 22.- El seiior Leodoro Rosario Toribio, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Lionel Rosario Toribio.
Articulo 23.- La seiiora Secundina Rodriguez Javier, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Aracelis Rodriguez Javier.
Articulo 24.- La seiiora Felipa Baez Solimin, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ledy Felicia Baez Soliman.
Articulo 25.- La seiiora Aquilina Mordan Ramirez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Jaquelin Mordan Ramirez.
Articulo 26.- La seiiora Prutarca Valenzuela Ramirez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Josefina Nicaurys Valenzuela Ramirez.
Articulo 27.- La seiiora Estebania Australia Aguilera Tavera, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Australia Estebania Aguilera Tavera.
Articulo 28.- Queda derogado el articulo 1 del Decreto No. 174-90, del 15
de mayo de 1990.
Articulo 29.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes.
Articulo 30.- El presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un
diario de circulacion nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s ocho (8) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa, aiio 147O de la Independencia y 127O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.